La inexistencia de parámetros que regulen la reformulación de cargos como vulneración al derecho a la seguridad jurídica
El procedimiento penal con la vigencia del Código Orgánico Integral Penal, es de carácter heterocompositivo, la potestad de investigar en el ámbito pre procesal (investigación previa), y endoprocesal (instrucción fiscal) está dirigida por la fiscalía general del estado. Una vez que la referida instr...
Uloženo v:
| Hlavní autor: | |
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| Médium: | bachelorThesis |
| Jazyk: | spa |
| Vydáno: |
2018
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| Témata: | |
| On-line přístup: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/9227 |
| Tagy: |
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| Shrnutí: | El procedimiento penal con la vigencia del Código Orgánico Integral Penal, es de carácter heterocompositivo, la potestad de investigar en el ámbito pre procesal (investigación previa), y endoprocesal (instrucción fiscal) está dirigida por la fiscalía general del estado. Una vez que la referida instrucción o investigación fenece el fiscal debe de pronunciar el dictamen que corresponda en derecho, pudiendo ser: abstentivo, de considerar que no existen méritos para sostener una acusación en la etapa de juicio, ora puede perseverar en la acusación siempre y cuando haya recabado los indicios suficientes que le permitan aseverar que la persona investigada ha sido la autora del tipo penal que se acusa, así mismo debe de acreditar los elementos que objetivos y subjetivos que determinen la materialidad de la infracción. Acaece con reiterada frecuencia dentro de los procesos penales que la fiscal varia el título de la imputación penal (tipo penal) por el cual en un inicio dio lugar a la investigación. Cabe indicar que la persona procesada tanto dentro de la investigación previa, así como la instrucción fiscal va perfilando una línea de defensa que deberá de mantener hasta la etapa de juicio. Mal visto, es dentro de la contienda legal que la persona procesada vaya mutando de tanto en tanto su línea de defensa, desacredita su credibilidad, y sus afirmaciones serian apreciadas generalmente como falsas, castigada es la falta de sindéresis en la defensa, y ordinariamente es desechada cuando no se mantiene la coherencia que presume la legitimidad y verdad de sus afirmaciones. Frente a lo anotado, la seguridad jurídica, debido proceso en su componente de derecho a la defensa son derechos que indudablemente se ven lesionados, sino es anulado de variarse el tipo penal, es por ello que necesariamente el derecho procesal penal ecuatoriano debe de ofrecer respuestas que restablezcan y garanticen de manera idónea los referidos derechos. |
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