La efectividad de la acción de repetición en la jurisprudencia Ecuatoriana

En la investigación se la efectividad de la acción de repetición cuya finalidad es que el Estado recupere lo pagado por concepto de daños ocasionados por sus servidores, cuando es condenado a ello por sentencia judicial. Para desarrollar el tema se hace una caracterización del principio de responsab...

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Podrobná bibliografie
Hlavní autor: Cascante Cabezas, Dennys Gonzalo (author)
Médium: masterThesis
Jazyk:spa
Vydáno: 2021
Témata:
On-line přístup:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/14008
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Shrnutí:En la investigación se la efectividad de la acción de repetición cuya finalidad es que el Estado recupere lo pagado por concepto de daños ocasionados por sus servidores, cuando es condenado a ello por sentencia judicial. Para desarrollar el tema se hace una caracterización del principio de responsabilidad patrimonial de la Administración pública y el derecho de repetición en el Ecuador, mediante una revisión bibliográfica y legislativa, lo que permitió sistematizar los aspectos esenciales del régimen jurídico vigente y determinar la influencia de la dispersión legislativa del derecho de repetición en la efectividad de la acción de repetición, mediante el estudio de casos conocidos y resueltos por diferentes órganos jurisdiccionales en el período 2010-2020. Se realizó una investigación documental de dogmática jurídica, con enfoque cualitativo y diseño no experimental, en la cual se utilizaron como métodos de investigación los de análisis y síntesis, análisis exegético-jurídico y el estudio de casos. El resultado obtenido es que la dispersión normativa existente en la materia genera duplicidad de procedimientos e ineficacia de la acción de repetición, ya que los diferentes procedimientos tienen en común la finalidad y requisitos esenciales, por lo que se recomienda las normas sustantivas y procesales que configuran la acción de repetición estén reunidos en un mismo cuerpo legal, para hacer más eficiente su uso y más eficaz su funcionamiento respecto a la recuperación de lo pagado por el Estado, lo cual en los casos estudiados no fue posible por errores de los representantes legales de las entidades demandantes.