Los derechos de las víctimas de lesiones causado por accidente de tránsito menores a tres días dentro del Código Orgánico Integral Penal
La situación del planteamiento del problema surge cuando dentro de las prácticas pre profesionales realizadas en la Fiscalía General del Estado de Milagro cierto día llego a conocimiento del Fiscal la noticia de un presunto delito de transito mediante parte policial, manifestando que una persona hab...
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| Autor Principal: | |
|---|---|
| Formato: | bachelorThesis |
| Idioma: | spa |
| Publicado: |
2018
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| Subjects: | |
| Acceso en liña: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/8493 |
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| Summary: | La situación del planteamiento del problema surge cuando dentro de las prácticas pre profesionales realizadas en la Fiscalía General del Estado de Milagro cierto día llego a conocimiento del Fiscal la noticia de un presunto delito de transito mediante parte policial, manifestando que una persona había sido impactada por un vehículo y que tenía lesiones de mínima incapacidad, por lo que el Fiscal inmediatamente pidió que se realice el examen Médico Legal pertinente el cual al realizarse el examen médico la persona afectada, en este caso la víctima, el perito médico legal en su informe presentó que la persona tenía una incapacidad de dos días producto de la infracción de tránsito que fue víctima por lo que el Fiscal al querer configurar el tipo penal que fue víctima esta persona revisó en Art 379 del Código Orgánico Integral Penal que trata sobre las lesiones causadas en accidente de tránsito en el cual dice : “En los delitos de tránsito que tengan como resultado lesiones a las personas, se aplicarán las sanciones previstas en el artículo 152 reducidas en un cuarto de la pena mínima prevista en cada caso. Serán sancionadas además con reducción de diez puntos en su licencia. En los delitos de tránsito que tengan como resultado lesiones, si la persona conduce el vehículo en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan, se aplicarán las sanciones máximas previstas en el artículo 152, incrementadas en un tercio y la suspensión de la licencia de conducir por un tiempo igual a la mitad de la pena privativa de libertad prevista en cada caso. |
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