Distinción entre la acción ordinaria de protección y la justicia común ordinaria

El Neo constitucionalismo nos obliga a quienes nos preparamos en las distintas disciplinas jurídicas a profundizar nuestros conocimientos en materia constitucional. Así lo exige la corriente constitucionalista que abarca no solamente el ámbito jurisdiccional Nacional, sino también el Internacional....

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Auteur principal: Melo Martínez, Angela Trinidad (author)
Format: bachelorThesis
Langue:spa
Publié: 2014
Sujets:
Accès en ligne:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/2312
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Description
Résumé:El Neo constitucionalismo nos obliga a quienes nos preparamos en las distintas disciplinas jurídicas a profundizar nuestros conocimientos en materia constitucional. Así lo exige la corriente constitucionalista que abarca no solamente el ámbito jurisdiccional Nacional, sino también el Internacional. Un derecho procesal constitucional muy diferente a las acciones del ámbito del derecho común. Que viene a ser un derecho expedito, ágil, oportuno que trata de evitar las frecuentes violaciones a los derechos humanos y constitucionales, que intenta frenar el abuso de poder y que prevé la reparación inmediata de esos derechos vulnerados. Pensamos que este sistema debe prevalecer frente a cualquier duda que pueda tener un operador de justicia sobre si aplica este sistema o el correspondiente a la justicia común ordinaria. Por eso llama la atención que existan disposiciones de orden legal que pongan en duda la aplicación de este nuevo sistema de administrar justicia y que sirvan para interpretaciones que neutralizan su aplicación.