El procedimiento de conciliación en el delito de estafa
En lo concerniente al tema planteado se han encontrado tesis similares como la del Sr. Osman Doel Loreto Fajardo, con el tema: “ESTUDIO JURÍDICO Y DOCTRINARIO DE LOS ELEMENTOS TÍPICOS QUE INFORMAN LOS CASOS ESPECIALES DE ESTAFA EN LA LEGISLACIÓN PENAL DE GUATEMALA”, previo al título de Abogado, de l...
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| প্রধান লেখক: | |
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| বিন্যাস: | bachelorThesis |
| ভাষা: | spa |
| প্রকাশিত: |
2016
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| বিষয়গুলি: | |
| অনলাইন ব্যবহার করুন: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/6063 |
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| সংক্ষিপ্ত: | En lo concerniente al tema planteado se han encontrado tesis similares como la del Sr. Osman Doel Loreto Fajardo, con el tema: “ESTUDIO JURÍDICO Y DOCTRINARIO DE LOS ELEMENTOS TÍPICOS QUE INFORMAN LOS CASOS ESPECIALES DE ESTAFA EN LA LEGISLACIÓN PENAL DE GUATEMALA”, previo al título de Abogado, de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en el año 2009, quien propone: La importancia del análisis jurídico y doctrinario de los delitos de estafa en la Legislación Penal vigente en Guatemala. La relación entre el Derecho Constitucional y el Derecho Internacional debe ser aclarada; en algunos países se admite la superioridad de los Tratados Internacionales, cuando estos modifican la Constitución deben ser aprobados por los órganos más altos del país y una vez aprobados prevalecen sobre toda norma. En los años de 1982 y 1983 el Congreso introdujo varias normas, cuando el ex Presidente de la República del Ecuador Dr. Sixto Durán Ballén nombró una comisión para tratar sobre una revisión y reformas de los preceptos legales de nuestro país la cual fue trabajada desde agosto hasta octubre de 1994, y el congreso finalmente las aprobó, el derrocado ex Presidente Abdalá Bucaram, el ex Presidente Interino Fabián Alarcón sometió a consulta popular ya que deseaba tener una Asamblea para reformar la Constitución, siendo favorable se eligió la misma que elaboró sus reformas y codificó la nueva Constitución que entró en vigencia el 10 de agosto de 1998. La última Constitución tuvo lugar en el año 2008, pero esto no ha determinado en el desarrollo democrático, lo cual se hace evidente en forma clara y precisa en el Sistema Penal, en el que podemos encontrar tendencias de control social que se contrapone al sentir de los ciudadanos. |
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