El divorcio por mutuo consentimiento celebrado ante el Notario Público cuando existen hijos menores de edad

En las legislaciones antiguas no se encuentra un divorcio parecido al que funciona en nuestra sociedad actual, que exige que se dicte sentencia judicial y que se cumpla los motivos o causas de divorcio, que están claramente enumeradas en la Ley. Existía en cambio una facultad de repudiación, ya unil...

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Մատենագիտական մանրամասներ
Հիմնական հեղինակ: De la Torre Montalvo, Jessica Maribel (author)
Ձևաչափ: bachelorThesis
Լեզու:spa
Հրապարակվել է: 2016
Խորագրեր:
Առցանց հասանելիություն:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/4753
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Ամփոփում:En las legislaciones antiguas no se encuentra un divorcio parecido al que funciona en nuestra sociedad actual, que exige que se dicte sentencia judicial y que se cumpla los motivos o causas de divorcio, que están claramente enumeradas en la Ley. Existía en cambio una facultad de repudiación, ya unilateral al principio dolo por parte del marido y después consensual por la intervención de ambos cónyuges. La Iglesia Católica estableció la indisolubilidad del matrimonio, de acuerdo con la nueva concepción de este, no obstante las diversas interpretaciones que le dieron los canonistas a la palabra de Cristo, que servían de fundamento a la prohibición del divorcio. (Ruiz, 1986). Manifiesta que: “El divorcio se estableció cuando la vida en común se volvió insoportable para los dos cónyuges, pero con la sola separación de cuerpos, con la cual los dos esposos quedaban dispensados del deber de cohabitar” (pág. 61). En este sentido el divorcio nace de la degeneración del matrimonio vincular cristiano.