Incorporar en el ART. 19 de la ley notarial, un literal en el que se establezca que los datos de los libros de diligencias y protocolos que se encuentran en la página del consejo de la judicatura estén disponibles para los usuarios

La fe pública nació sin calificativo alguno, por cuanto únicamente existía un oficio depositario de esta función. De esta manera, el escribano era el encargado de la misma, tanto en el terreno judicial como en el extrajudicial. No sólo se presentaba como una garantía de los justiciables frente al ju...

Ausführliche Beschreibung

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Bibliographische Detailangaben
1. Verfasser: Vélez Mejía, Germania Kassandra (author)
Format: bachelorThesis
Sprache:spa
Veröffentlicht: 2018
Schlagworte:
Online Zugang:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/7881
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Beschreibung
Zusammenfassung:La fe pública nació sin calificativo alguno, por cuanto únicamente existía un oficio depositario de esta función. De esta manera, el escribano era el encargado de la misma, tanto en el terreno judicial como en el extrajudicial. No sólo se presentaba como una garantía de los justiciables frente al juzgador, sino que también se imponía en las relaciones del tráfico jurídico, tanto públicas como privadas. Para dar forma adecuada al negocio jurídico como para consignar los hechos, todo ello en un tipo de documento como el acta notarial y la escritura pública dotado de fe pública, se hace imprescindible disponer de un sistema normativo que regule solemnidades y verificaciones, lo cual pertenece a los dominios, de allí el origen del Derecho Notarial.