Propuesta de reforma al art. 249, inciso II del código orgánico general de procesos, en los procesos judiciales de primera instancia y la vulneración de los derechos de acceso a la justicia, tutela judicial efectiva e igualdad
Realizando una investigación ardua sobre el temas relacionados a la presente investigación en los repositorio de las Universidades del cantón Ambato, se ha verificado que no existe ninguna investigación sobre el tema de estudio por lo cual es de mi absoluta autoría, la misma es de suma importancia y...
Sábháilte in:
Príomhchruthaitheoir: | |
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Formáid: | masterThesis |
Teanga: | spa |
Foilsithe / Cruthaithe: |
2018
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Ábhair: | |
Rochtain ar líne: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/8020 |
Clibeanna: |
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Achoimre: | Realizando una investigación ardua sobre el temas relacionados a la presente investigación en los repositorio de las Universidades del cantón Ambato, se ha verificado que no existe ninguna investigación sobre el tema de estudio por lo cual es de mi absoluta autoría, la misma es de suma importancia y transcendencia qué servirá de base y antecedente para la presente investigación. Si el Derecho, como imperativo social, sirve a la convivencia humana, se caracteriza por los fines hacia donde se dirige la conducta, la paz, el orden, la seguridad social, por ende evoluciona según la necesidad de la sociedad en la que se práctica. Por lo cual existe reformas a nuestro ordenamiento jurídico, actualmente al Código de Procedimiento Civil, que estuvo vigencia hasta el 22 de mayo del 2016 y amparado en la Constitución de la República del Ecuador, entra en vigencia plena el 23 de mayo del 2016 el Código Orgánico General de procesos, derogando al Código de Procedimiento Civil. Este nuevo sistema procesal judicial es la vía para la realización de la justicia, el buen desarrollo de la administración de justicia, nuevo cuerpo legal que regula todos los procedimentales civiles, careciendo de falencias en su creación, violentando derechos fundamentales y constitucionales, tan solo en poco tiempo de su promulgación se puede observar normas que violentan derechos consagrados en la Constitución. El proceso judicial en materia civil debe situarse en un lineamiento superior de actuaciones, para obtener una administración de justicia eficiente y accesible. El sistema procesal judicial ha tenido una serie de falencias en su creación en materia civil, pero no por ello se debe concebir que una norma no pueda ser modificada. El Derecho civil y procesal civil contempla varias instituciones jurídicas que merecen ser investigadas sobre todo cuando debería estar enfocado al derecho civil contemporáneo, se hace indispensable que en relación a esta rama del Derecho se debe conocer que efecto jurídico produce el abandono de la causa de primera instancia en el Código Orgánico General de Procesos. |
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