La falta de una ordenanza municipal sobre las normativas ambientales genera contaminación hídrica en el Cantón Montalvo año 2019

Conforme a lo que establecen los artículos 4 y 5 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (2017), los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GADs) tienen competencia en gestión ambiental, lo que quiere decir, que la competencia que tenía el Ministerio del Ambient...

Descrición completa

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Detalles Bibliográficos
Autor Principal: Gaibor Verdezoto, Génesis Yulissa (author)
Outros autores: Rosero Mora, Diana Marvella (author)
Formato: bachelorThesis
Idioma:spa
Publicado: 2020
Subjects:
Acceso en liña:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/11470
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Descripción
Summary:Conforme a lo que establecen los artículos 4 y 5 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (2017), los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GADs) tienen competencia en gestión ambiental, lo que quiere decir, que la competencia que tenía el Ministerio del Ambiente ahora lo tienen exclusivamente los Gobiernos Autónomos. Pero hasta la presente fecha no se han establecido lineamientos o regulaciones jurídicas mediante las cuales se ponga en práctica el citado proceso de descentralización en gestión ambiental, a tal punto que los GADs desconocen y, por lo tanto, no han legislado acerca de sus competencias ambientales, en el caso concreto en un procedimiento administrativo que sancione a los responsables de daños ambientales y su reparación integral. (De Marzo G., 2009) Como indicó el citado autor De Marzo en líneas anteriores, la legislación ambiental surge de la necesidad de responder ante la sociedad a los problemas ambientales que se presentan, ya que el hombre siempre ha pretendido dominar la naturaleza.