La normativa jurídica que consagra la unión de hecho como estado civil y el derecho patrimonial en la convivencia familiar

En Ecuador, aparece la figura jurídica que regula la Unión de hecho. Diciembre 29 del 1982, se publicó en el registro oficial N ° 399, codificado el 24 de junio de 2005, publicado en el registro oficial N° 46, introduciéndose como un “status” similar a la institución sacramental matrimonial. Este ep...

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التفاصيل البيبلوغرافية
المؤلف الرئيسي: Lapierre Rodríguez, Olga Leonor María (author)
التنسيق: masterThesis
اللغة:spa
منشور في: 2016
الموضوعات:
الوصول للمادة أونلاين:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/5367
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الملخص:En Ecuador, aparece la figura jurídica que regula la Unión de hecho. Diciembre 29 del 1982, se publicó en el registro oficial N ° 399, codificado el 24 de junio de 2005, publicado en el registro oficial N° 46, introduciéndose como un “status” similar a la institución sacramental matrimonial. Este episodio de carácter transformador y renovador, aparece con el Presidente Dr. Oswaldo Hurtado Larrea, quien promulga la ley 115, compuesta por 11 artículos, una disposición transitoria y una disposición final. El Principio Constitucional de Igualdad de Derechos y Obligaciones fue considerado, puesto que la sociedad proclamaba su rechazo. Los estudiosos aseveran que el origen de la unión de hecho se debe al aspecto patrimonial tuitivo y no la intención de crear un instituto jurídico paralelo, de similares características al matrimonio. La promulgación de esta ley, trata de proteger a la conviviente como a sus hijos, regulando el aspecto filial, el reconocimiento de los hijos procreados en común, nacidos dentro de esta unión; en cuanto al aspecto económico la sociedad de bienes debe hacer constar mediante escritura pública la adquisición de dichos bienes para establecer la legalidad del patrimonio familiar adquirido.