El testimonio de los profesionales especializados dentro de las audiencias de contravenciones de violencia contra la mujer y miembros del núcleo familiar y el derecho a la defensa
Para explicar el problema que existe dentro de la normativa, es necesario empezar invocando el numeral 15 del Art. 643 del COIP, en consonancia con el literal j), numeral 7, Art. 76 de la Constitución de la República y analizar detenidamente el Derecho al Debido Proceso. Junto a la transformación ec...
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| Main Author: | |
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| Format: | masterThesis |
| Language: | spa |
| Published: |
2018
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| Subjects: | |
| Online Access: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/9445 |
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| Summary: | Para explicar el problema que existe dentro de la normativa, es necesario empezar invocando el numeral 15 del Art. 643 del COIP, en consonancia con el literal j), numeral 7, Art. 76 de la Constitución de la República y analizar detenidamente el Derecho al Debido Proceso. Junto a la transformación económica, social, cultural y política que ha sufrido el Ecuador, debió estar el ordenamiento constitucional, y así entonces nace en el año 2008, una Nueva Constitución de la República que es de derechos y justicia social, dejando muy al pasado a las constituciones liberales, neoliberales o simplemente de derechos, este cambio súbito quiere del Estado para el Pueblo, justicia y certidumbre. Pero, a lado de esta Constitución transformadora del Derecho, tenía que transformarse también, el Código Penal, que no era sino una mala mezcla de sus componentes, códigos separados con disposiciones que se contradecían entre sí, y así compartían un espacio insalubre de injusticias en la práctica, generando una percepción de impunidad y desconfianza, nace entonces un verdadero cuerpo legal integral, cuyas disposiciones deben estar a la par con los preceptos magnos. La grandeza, aunque en teoría, considerada por la Asamblea Nacional para dictar el Código Orgánico Integral Penal, fue el “Balance entre garantías y eficiencia de la justicia penal”, que se traduce en la disyuntiva de combatir la impunidad y garantizar los derechos de las personas sospechosas de haber cometido una infracción penal. Es decir tiene que ser una justicia justa, equitativa e igualitaria, sin que las garantías vayan al extremo porque de ser así nunca se sancionaría a nadie; y, si no se garantizan los derechos terminaría por condenar a todas las personas sin importar su inocencia o no. |
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