Consecuencias jurídicas de una inadecuada valoración de pruebas en el proceso penal 02281-2020-00088 por el delito de robo, en Ecuador

El presente trabajo de investigación recoge dos hechos jurídicos de relevancia absoluta a nivel académico y que merece ser objeto de estudio, el delito de robo y la valoración de pruebas en el procedimiento penal ecuatoriano, bajo la metodología de estudio de caso en el proceso penal 02281-2020-0008...

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主要作者: Armijos Gaibor, Tanya Guadalupe (author)
格式: masterThesis
语言:spa
出版: 2023
主题:
在线阅读:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/17228
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实物特征
总结:El presente trabajo de investigación recoge dos hechos jurídicos de relevancia absoluta a nivel académico y que merece ser objeto de estudio, el delito de robo y la valoración de pruebas en el procedimiento penal ecuatoriano, bajo la metodología de estudio de caso en el proceso penal 02281-2020-00088 por el delito de robo en la ciudad de Guaranda, provincia de Bolívar, Ecuador. En este contexto, el delito de robo se encuentra tipificado en el artículo 189 del Código Orgánico Integral Penal según la Asamblea Nacional del Ecuador (2021) donde señala: “La persona que mediante amenazas o violencias sustraiga o se apodere de cosa mueble ajena, sea que la violencia tenga lugar antes del acto para facilitarlo, en el momento de cometerlo o después de cometido para procurar impunidad, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años”(p.65); Por lo tanto, al ser un delito involucra sanción penal porque transgrede sobre el patrimonio de las otras personas. En este punto cabe explicar la diferencia entre robo y hurto pues suele ser determinante al momento de la sanción, la principal diferencia radica en que el robo se ejecuta con violencia ya sea con lenguaje, gestualidad intimidante o fuerza física directa, mientras que el hurto no se ejerce con violencia aun cuando haya apropiación ilícita de objetos. De allí que el robo es sancionado de acuerdo con ciertas circunstancias puntuales como los daños ocasionados a terceros y el nivel de violencia ejercida sobre las víctimas. Según la Asamblea Nacional del Ecuador, (2021) en el COIP señala que: “Existen cinco tipos de robos y en cada caso la sanción es diferente; a) Si la violencia se ejerce sobre los objetos robados, la pena será privativa de libertad entre 5 y 7 años; b) Si el perpetrador utiliza sustancias que vulneren las capacidades psicomotoras de la víctima, la pena será entre 5 y 7 años de cárcel que variará dependiendo de las lesiones provocadas a la víctima por tales sustancias la pena puede llegar hasta 10 años.; c) Si el robo se ejecuta sobre bienes públicos del Estado la sentencia será la pena máxima, dependerá de las infracciones durante la materialización del delito; d) Si el delito deja como consecuencia la muerte de una víctima, la pena será de 22 a 26 años privativa de libertad; y e) los servidores de la seguridad pública, policías o militares, que roben equipamiento bélico como municiones, explosivos, armas, uniformes, serán sancionados con prisión entre 5 y 7 años”(p.74).