La tautología en los artículos 78 y 80 de la ley forestal y de conservación de áreas naturales y vida silvestre.

En 1982, Ecuador promulgó la Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre, que determinó los lineamientos generales de la política forestal, que orientarían la gestión sectorial hasta fines de los años 20. En principio, a través de la Ley, se concibió al Gobierno como un admini...

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Main Author: Recalde Freire, Dario Javier (author)
Format: bachelorThesis
Language:spa
Published: 2016
Subjects:
Online Access:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/5137
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Summary:En 1982, Ecuador promulgó la Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre, que determinó los lineamientos generales de la política forestal, que orientarían la gestión sectorial hasta fines de los años 20. En principio, a través de la Ley, se concibió al Gobierno como un administrador forestal “paternalista” y eminentemente “centralista”. Sobre la base del cobro de derechos por el aprovechamiento forestal, el Gobierno debía encargarse individualmente de la gestión forestal nacional, y principalmente, de la reposición de los recursos forestales utilizados por la sociedad. La sociedad civil por su lado, justificaba en el pago del impuesto forestal, su derecho a aprovechar los recursos forestales de bosques nativos, principalmente la madera, incluso en límites superiores a la capacidad de recuperación del ecosistema. Al problema se añadió la política nacional de incrementar la producción agrícola a base de incorporar nuevas áreas de producción, no siempre de aptitud agrícola y casi siempre cubiertas por bosques nativos.