El desarrollo de habilidades digitales en personas adultas referente al teletrabajo
Es desde la aparición del transistor que surge la invención de equipos digitales de manera que va acrecentando cada vez más, y es en la década de los 70 que aparece la primera computadora vinculado a esta innovación tecnológica que dio vida al teletrabajo esto acompañado de la información y la comun...
Saved in:
| Main Author: | |
|---|---|
| Format: | bachelorThesis |
| Published: |
2022
|
| Subjects: | |
| Online Access: | https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/15272 |
| Tags: |
Add Tag
No Tags, Be the first to tag this record!
|
| Summary: | Es desde la aparición del transistor que surge la invención de equipos digitales de manera que va acrecentando cada vez más, y es en la década de los 70 que aparece la primera computadora vinculado a esta innovación tecnológica que dio vida al teletrabajo esto acompañado de la información y la comunicación, mientras que en la década de los 80 el primer teléfono móvil, y para los años 90 el primer navegador web en línea siendo la base para los próximos navegadores como Internet Explorer, Netscape para el año 2000 las personas cada vez iban adquiriendo más teléfonos móviles en post de la nueva ola digital, (Carrión, 2020), mientras que para el 2010 el internet se une de manera vertiginosa a los equipos digitales, a la automatización, a la conexión wifi en 5G, y los dispositivos móviles llegan a ser más inteligentes que las computadoras, de manera que para el año 2020 la transformación digital habrá sido necesario, pero no primordial. (Sierra E. , 2019) Luego en el mismo año a partir de la pandemia el mundo físico dio un giro al mundo digital que a la actualidad se ha expandido rápidamente, una pandemia que acelero el uso de la tecnología y provoco miles de muertes, pero la Organización Mundial de la Salud, OMS., ordenó a los estados el distanciamiento. (OMS, 2020) También el aislamiento como medida de prevención se aplique de manera emergente Sin ninguna duda, el trabajo operativo y de producción, la movilidad, la educación, el sistema a nivel de salud, la alimentación se vio afectado. Una de las recomendaciones en la pandemia fue evitar el contacto físico entre las personas, en sí, esto tuvo repercusión en el trabajo. Claro está que no fue suficiente para evitar contagios, y que a priori el distanciamiento tampoco impidió la propagación del coronavirus. (ONU, 2021) Así mismo, la Organización Internacional de Trabajo, OIT., menciona que desde que entró en vigor las medidas de confinamiento, entre el 20 y 30% de los asalariados que estuvieron efectivamente trabajando, lo hicieron desde sus domicilios. Antes de la pandemia, esa cifra era inferior al 3%. El teletrabajo ha posibilitado la continuidad de negocios y empleos, y representó un salto inesperado hacia el futuro del trabajo que deja abierto un escenario de oportunidades y desafíos para la región. Por supuesto, frente a la pandemia se obligó a los estados de América Latina y el caribe hacer cambios urgentes en las legislaciones en materia de laboral. De manera concreta insto se revise las modalidades de trabajo con el fin de sostener la económica y el desempleo. (OIT, 2021) Siendo que los trabajadores debieron adaptarse al teletrabajo como una alternativa o una forma para cumplir con las medidas de confinamiento y para reducir los contagios, es decir adecuarse a su trabajo, pero desde su casa. (ONU, 2021). Mientras que la OIT, define que el teletrabajo es la forma de trabajo que se realiza en una ubicación alejada de una oficina central o instalaciones de producción, separando al trabajador del contacto personal con colegas de trabajo que estén en esa oficina. Las nuevas tecnologías de la información y la comunicación (TICs) hacen posible esta separación facilitando la comunicación. (OIT, 2021) En consecuencia, las entidades públicas y empresas privadas del Estado ecuatoriano decidieron aplicar la modalidad del teletrabajo para llevar a cabo las actividades laborales, nótese que según el numeral 2 del artículo 16 de la Constitución de la Republica del Ecuador, señala que todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho, al acceso universal a las tecnologías de información y comunicación. (Constitución del Ecuador, 2008) Así mismo, el numeral 2 del artículo 16 dice que facilitará la creación y el fortalecimiento de medios de comunicación públicos, privados y comunitarios, así como el acceso universal a las tecnologías de información y comunicación, en especial para las personas y colectividades que carezcan de dicho acceso o lo tengan de forma limitada. De igual manera, en el artículo 325 menciona que el Estado garantizará el derecho al trabajo. Se reconocen todas las modalidades de trabajo, en relación de dependencia o autónomas, con inclusión de labores de auto sustento y cuidado humano; y como actores sociales productivos, a todos los trabajadores. Es decir, el Estado garantizará para que todas y todos los trabajadores tengan trabajo seguro y digno. (Constitución del Ecuador, 2008) Sin embargo, en el artículo 539 dice que corresponde al Ministerio del Trabajo la reglamentación, organización y protección del trabajo y las demás atribuciones establecidas en este Código y en la Ley de Régimen Administrativo en materia laboral. (Código de Trabajo, 2005). De igual modo, mediante Acuerdo Interministerial Nro. 0000001, de 12 marzo de 2020, el Ministerio de Gobierno dispusieron medidas de prevención contra la propagación de coronavirus (COVID-19). Esto en concordancia con el numeral 2 del artículo 326 dice que los derechos laborales son irrenunciables e intangibles. Será nula toda estipulación en contrario y de igual forma, el numeral 5 señala que toda persona tendrá derecho a desarrollar sus labores en un ambiente adecuado y propicio, que garantice su salud, integridad, seguridad, higiene y bienestar. (Kabat, 2020) |
|---|