El pago de pensión alimenticia al adolescente que vive en unión de hecho y el derecho a la libertad individual del alimentante

En relación al tema objeto de investigación se puede deducir que existen varias investigaciones, tanto nacionales como internacionales entre las cuales se destacan las siguientes: en el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia al respecto regula lo siguiente: “el derecho a alimentos de los niños,...

Olles dieđut

Furkejuvvon:
Bibliográfalaš dieđut
Váldodahkki: Padilla Morales, Marco Vinicio (author)
Materiálatiipa: bachelorThesis
Giella:spa
Almmustuhtton: 2015
Fáttát:
Liŋkkat:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/2131
Fáddágilkorat: Lasit fáddágilkoriid
Eai fáddágilkorat, Lasit vuosttaš fáddágilkora!
Govvádus
Čoahkkáigeassu:En relación al tema objeto de investigación se puede deducir que existen varias investigaciones, tanto nacionales como internacionales entre las cuales se destacan las siguientes: en el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia al respecto regula lo siguiente: “el derecho a alimentos de los niños, niñas, adolescentes y de los adultos que se señalan en el artículo 129: Titulares de este derecho.- Tienen derecho a reclamar alimentos: 1. Los niños, niñas y adolescentes no emancipados; 2. Los adultos hasta la edad de veintiún años, si se encuentran cursando estudios superiores que les impidan o dificulten el dedicarse a alguna actividad productiva y carezcan de recursos propios suficientes; y, 3. Las personas de cualquier edad que no estén en condiciones físicas o mentales de procurarse los medios para subsistir por sí mismos”. (Código de la Niñez y Adolescencia, 2009)