Restricciones al derecho de petición en el gobierno autónomo descentralizado municipal de Santo Domingo

El derecho constitucional de petición (Constitución de la República del Ecuador, 2008), artículo 66.23, es la facultad que tiene toda persona, para presentar solicitudes individuales o colectivas a las autoridades y a recibir respuestas motivadas. El presente estudio, se desarrolla en torno a las li...

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Detalles Bibliográficos
Autor Principal: Balseca Piloso, Génesis Carolina (author)
Formato: bachelorThesis
Idioma:spa
Publicado: 2021
Subjects:
Acceso en liña:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/13648
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Descripción
Summary:El derecho constitucional de petición (Constitución de la República del Ecuador, 2008), artículo 66.23, es la facultad que tiene toda persona, para presentar solicitudes individuales o colectivas a las autoridades y a recibir respuestas motivadas. El presente estudio, se desarrolla en torno a las limitaciones que para el ejercicio de este derecho se presentan en el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Santo Domingo, Provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas. Para la fundamentación teórica de la investigación, se revisó información nacional e internacional en relación al derecho de petición y su ejercicio, la que se obtuvo de documentos físicos y digitales, textos, artículos de investigación publicados en revistas de alto impacto como Redalyc, Scielo, Latindex, Scopus; también de fuentes oficiales de las normas jurídicas, entre otras.