Procedimiento de ejecución de actas de mediación en materia de alimentos

Con respecto a la Ejecución de Actas de Mediación en materia de alimentos, el Código Orgánico General de Procesos (COGEP) establece el procedimiento bajo el cual se debe sustanciar dicho proceso; en nuestra legislación encontramos que las actas de medición se tramitan de conformidad a lo previsto en...

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Uloženo v:
Podrobná bibliografie
Hlavní autor: Naranjo Manzano, Edison Ivan (author)
Médium: bachelorThesis
Jazyk:spa
Vydáno: 2022
Témata:
On-line přístup:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/14582
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Shrnutí:Con respecto a la Ejecución de Actas de Mediación en materia de alimentos, el Código Orgánico General de Procesos (COGEP) establece el procedimiento bajo el cual se debe sustanciar dicho proceso; en nuestra legislación encontramos que las actas de medición se tramitan de conformidad a lo previsto en el artículo 362 y 363#3 del COGEP, esto es a través de la vía ejecutiva. En igual sentido la Ley de Arbitraje y Mediación, establece el efecto que tienen las actas de mediación, y su artículo 47 inciso 4to . Bajo esas premisas legales, se debe establecer que en materia de alimentos, en los cuales se precautelan, derechos de niños, niñas y adolescentes, mismos que constitucionalmente estos titulares de derechos pertenecen a los grupos de atención prioritaria, es decir que en el procedimiento a seguir en atención a salvaguardar los derechos de este grupo deben tomarse los correctivos y medidas necesarias a fin de materializar sus derechos de la manera más ágil, eficaz y oportuna, es decir, materializando el principio de celeridad procesal.