Ausencia de los obligados subsidiarios en acciones de alimentos a favor de niñas, niños y adolescentes

Dentro de la gama de derechos a favor de la niñez y adolescencia, el de alimentos es uno de los más importantes y trascendentales el cual, desde su fundamentación jurídica, encuentra su definición en la facultad que tiene determinada persona, de exigir a otra, lo necesariamente económica para subsis...

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Detaylı Bibliyografya
Yazar: Lopez Murillo, Danny Israel (author)
Materyal Türü: bachelorThesis
Dil:spa
Baskı/Yayın Bilgisi: 2024
Konular:
Online Erişim:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/18179
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Özet:Dentro de la gama de derechos a favor de la niñez y adolescencia, el de alimentos es uno de los más importantes y trascendentales el cual, desde su fundamentación jurídica, encuentra su definición en la facultad que tiene determinada persona, de exigir a otra, lo necesariamente económica para subsistir. Partiendo de dicha aseveración, se puede afirmar que el derecho de alimentos para su efectivización requiere del planteamiento de una acción judicial, para la cual existen personas que la ley legitima de incoar dicha demanda, y otras contra la cuales se las puede presentar, así como quienes están obligados a sufragar el concepto de alimentos. Cobra vital importancia mencionar que el derecho de alimentos a favor de niñas, niños y adolescentes posee una esencia constitucional, esto es la protección integral que recibe este grupo etario, de conformidad con lo establecido en los artículos 35, 44, 45 y 46 de la Constitución del Ecuador, donde se los reconoce como un grupo de atención prioritaria. En igual sentido, el artículo 83.15 ibidem, garantiza como una responsabilidad y deber de los ciudadanos el asistir, alimentar, educar y cuidar a las hijas e hijos, lo cual es también corresponsabilidad de madres y padres en igual proporción, y corresponderá también a las hijas e hijos cuando las madres y padres lo necesiten (Constitución de la República del Ecuador, 2008).