La suspensión condicional de la pena.- La inconstitucionalidad del tercer numeral del art. 630 del código orgánico integral penal

Con el pasar del tiempo, se ha evidenciado que la Ley pasa a cumplir un papel importante en la convivencia social de las personas, pues, dado que su carácter vinculante y recíproco se convierte en fuente de seguridad jurídica en la medida que le dice al sujeto cómo ha de orientarse en el mundo. Es d...

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প্রধান লেখক: Poveda Araus, José Daniel (author)
বিন্যাস: masterThesis
ভাষা:spa
প্রকাশিত: 2017
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description Con el pasar del tiempo, se ha evidenciado que la Ley pasa a cumplir un papel importante en la convivencia social de las personas, pues, dado que su carácter vinculante y recíproco se convierte en fuente de seguridad jurídica en la medida que le dice al sujeto cómo ha de orientarse en el mundo. Es decir, la Ley por un lado es prevención y garantía que sus mandatos o prohibiciones serán aplicadas (sanción) al que lesione ese orden jurídico penal concreto. El mundo es un orden de carácter racional, pues la concepción que se tiene del hombre no se reduce a ser imagen y semejanza de Dios, sino se trata de un orden constituido por seres racionales y razonables, seres inteligentes que arriban a la conclusión que es necesario mantener ese orden, que, se muestra como orden jurídico y se convierte en fuente de seguridad de la libertad. Quién se adhiere al orden jurídico debe esperar ser protegido por ese orden jurídico, caso contrario, la ley (símbolo de ese orden) se convertiría en una contradicción o negación y, por tanto, perdería su equilibrio, racionalidad y sentido. El ordenamiento jurídico penal promueve la certeza, el desarrollo del sistema normativo, rechaza la incoherencia y busca la realización del Derecho como control de los sujetos y de los poderes públicos, por esa razón, la sujeción a la ley deviene en una consecuencia natural propia del Derecho Penal.
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spelling La suspensión condicional de la pena.- La inconstitucionalidad del tercer numeral del art. 630 del código orgánico integral penalPoveda Araus, José DanielINCONSTITUCIONALIDADCon el pasar del tiempo, se ha evidenciado que la Ley pasa a cumplir un papel importante en la convivencia social de las personas, pues, dado que su carácter vinculante y recíproco se convierte en fuente de seguridad jurídica en la medida que le dice al sujeto cómo ha de orientarse en el mundo. Es decir, la Ley por un lado es prevención y garantía que sus mandatos o prohibiciones serán aplicadas (sanción) al que lesione ese orden jurídico penal concreto. El mundo es un orden de carácter racional, pues la concepción que se tiene del hombre no se reduce a ser imagen y semejanza de Dios, sino se trata de un orden constituido por seres racionales y razonables, seres inteligentes que arriban a la conclusión que es necesario mantener ese orden, que, se muestra como orden jurídico y se convierte en fuente de seguridad de la libertad. Quién se adhiere al orden jurídico debe esperar ser protegido por ese orden jurídico, caso contrario, la ley (símbolo de ese orden) se convertiría en una contradicción o negación y, por tanto, perdería su equilibrio, racionalidad y sentido. El ordenamiento jurídico penal promueve la certeza, el desarrollo del sistema normativo, rechaza la incoherencia y busca la realización del Derecho como control de los sujetos y de los poderes públicos, por esa razón, la sujeción a la ley deviene en una consecuencia natural propia del Derecho Penal.En el presente trabajo de examen Complexivo, propongo como tema de investigación LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA.- LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL TERCER NUMERAL DEL ART. 630 DEL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL, desde que entró en vigencia el Código Orgánico Integral Penal se implementó la suspensión condicional de la pena en donde existe ilegalidad y en muchos casos violación al derecho al debido proceso, así como vulneración al principio de oportunidad al momento de solicitar la suspensión condicional de la pena misma que se encuentra tipificada en el Art. 630 del COIP, la cual se pedirá en audiencia o dentro de las 24 horas posteriores después de haberse llevado acabo la audiencia de juzgamiento, puesdurante la audiencia la persona procesada deberá cumplir con los requisitos que en ella establece y en el caso de no cumplir con una de ellas, por ejemplo con los antecedentes personales, sociales y familiares del sentenciado, así como la modalidad ygravedad de la conducta sean indicativos de que no existe necesidad de la ejecución de la pena, no se otorgaría la suspensión quedando a decisión del juez mediante resolución firme o sentencia ejecutoriada. La presente investigación se encapsula en la línea de investigación de la Administración de Justicia, aprobada la Universidad Autónoma Regional de Los Andes “UNIANDES”, y al desarrollar esta investigación se eligió un caso práctico de juzgamiento en el cual se aplicó La Suspensión Condicional de la Pena, realizados en la Corte Provincial de Justicia de Guayas, en los cuales se pudo evidenciar la clara vulneración a los derechos fundamentales emanados de la Constitución de la república, Convención América sobre Derechos Humanos y Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. La presente propuesta en caso de ser acogida, está encaminada a garantizar plenamente el respeto a las garantías básicas del debido proceso.Caicedo Banderas, Fernando José2017-09-12T14:41:24Z2017-09-12T14:41:24Z2017-09info:eu-repo/semantics/publishedVersioninfo:eu-repo/semantics/masterThesisapplication/pdfTUAEXCOMMDP074-2017http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/6489spainfo:eu-repo/semantics/openAccessreponame:Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andesinstname:Universidad Regional Autónoma de los Andesinstacron:UNIANDES2017-09-12T14:41:24Zoai:dspace.uniandes.edu.ec:123456789/6489Institucionalhttps://dspace.uniandes.edu.ec/Institución privadahttps://www.uniandes.edu.ec/https://dspace.uniandes.edu.ec/oai.Ecuador...opendoar:4552017-09-12T14:41:24Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes - Universidad Regional Autónoma de los Andesfalse
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