Los delitos de acción privada contra los animales parte de la fauna urbana
La protección de los animales que conforman la fauna urbana dentro de la legislación ecuatoriana se enmarca en la Constitución de la República del 2008, dentro de los derechos de la naturaleza. Así también “los delitos contra los animales que forman parte del ámbito para el manejo de la fauna urbana...
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Hovedforfatter: | |
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Format: | bachelorThesis |
Sprog: | spa |
Udgivet: |
2023
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Fag: | |
Online adgang: | https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/17419 |
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Summary: | La protección de los animales que conforman la fauna urbana dentro de la legislación ecuatoriana se enmarca en la Constitución de la República del 2008, dentro de los derechos de la naturaleza. Así también “los delitos contra los animales que forman parte del ámbito para el manejo de la fauna urbana” se encuentran tipificados en Código Orgánico Integral Penal. Por otra parte, ciertos cantones en el Ecuador también establecen ordenanzas que protegen del maltrato a los animales de fauna urbana. Hay que considerar que en el Ecuador, los delitos contra la fauna animal son de acción privada, de manera que los organismos de protección animal pueden ser parte en el proceso, cuyo fin será determinar la existencia del delito, sus autores y dictar la pena correspondiente. Con el antecedente expuesto, el objetivo de esta investigación gira en torno a demostrar si los delitos contra la fauna urbana deben seguir siendo considerados de acción privada o deben ser enmarcados dentro de los de acción pública. Para lo cual se realiza la comparación de la legislación de varios países como Perú, España y Ecuador, legislaciones en donde estos delitos son castigados con penas privativas de libertad, por ejemplo en España se establecen multas e inhabilitación animal, dentro de nuestra legislación existe también un tipo de sanción el cual consiste en el trabajo voluntario de 20 a 50 horas y la privación de la libertad. En la metodología del estudio se basó en investigación de campo con enfoque cualitativo, y las conclusiones incluyen un análisis teórico y legal de elementos objetivos y subjetivos. Los delitos contra los animales que conforman la fauna tomaron gran rumbo con la Declaración Universal de los Derechos del Animal la cual fue proclamada el 15 de Octubre de 1978, para garantizar el cumplimiento de esta también fue aprobada por la Organización de la Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, y luego de esto fue aprobada por la Organización de las Naciones Unidas. En nuestro país en el 2008 con la nueva Constitución garantizada por la Asamblea Constituyente, el Ecuador reconoció los Derechos de la Naturaleza de tal manera que el 20 de Diciembre del 2016 dentro de la Asamblea Nacional se aprobó el Código Orgánico del Ambiente cuyo objetivo principal es la protección de derechos de la naturaleza y con esto garantizar el respeto y la integridad de los seres que la integran. (Medina, 2021) |
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