La responsabilidad del calumniador, el derecho a la honra, el buen nombre y la reparación integral de la víctima
El delito en la antigüedad era una intuición, una reacción oscura y presentida, contra él o los miembros de la comunidad, que trasgredía las normas de convivencia, que ponía en riesgo los intereses de la comunidad. En realidad, el delito era una reacción contra el evento, fuera cometido por un hombr...
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Autor principal: | |
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Format: | bachelorThesis |
Idioma: | spa |
Publicat: |
2019
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Matèries: | |
Accés en línia: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/10266 |
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Sumari: | El delito en la antigüedad era una intuición, una reacción oscura y presentida, contra él o los miembros de la comunidad, que trasgredía las normas de convivencia, que ponía en riesgo los intereses de la comunidad. En realidad, el delito era una reacción contra el evento, fuera cometido por un hombre o no, fuera cometido con intención o no. (Áviles, M, 2010). Se puede decir entonces que en aquellas edades de la humanidad el delito se sentía. Era una regla implícita y violentamente protegida. La elaboración jurídica era inexistente obviamente y el delito, de tradición oral y vivencia individual y comunitaria, se confundía con la sanción. Es posible que el delito, que la conducta contraria a la reunión de los individuos, se confundiera con la pena consecuente. En este sentido, no es descabellado especular acerca de que la conducta contraria a la sociedad primitiva fuera intuitivamente relacionada inescindiblemente con la pena. Se sentiría la existencia de una relación metafísica entre aquella conducta y la pena. Curiosamente esta necesidad entre la conducta dañosa y la pena, cual si fuera una relación de causalidad natural, se siguió planteando durante los siglos que siguieron, hasta llegar a la concepción bilateral de la culpabilidad: a la conducta culpable debe necesariamente seguirse una pena. (Santos, A. y Alberto M, 2007) El derecho penal es la primera y más primitiva capa de la evolución jurídica. Lo injusto era la “palanca” del derecho y la moral. (Alonso & Jiménez, C.2006) En la unión social prehistórica el vínculo era la unidad de sangre. Aun no se distinguía entre el mandamiento de Dios y el estatuto de los hombres. El crimen era un atentado contra la divinidad y la pena consistía en la expulsión o eliminación de los atentadores de la asociación cultural, si bien como sacrificio a la divinidad, en primer término. (Alonso y Jiménez, C.2006) |
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