El derecho a la vida y la vulneración por las políticas penitenciarias, en el Ecuador, 1 semestre 2021
El Derecho a la vida, es un derecho universal, de todos los seres humanos, base fundamental para el goce y ejercicio de los demás derechos, es decir vinculado al carácter humano y a la dignidad de las personas, la Constitución de la República del Ecuador garantiza y reconocen el derecho a la vida, e...
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| Автор: | |
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| Формат: | masterThesis |
| Мова: | spa |
| Опубліковано: |
2023
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| Предмети: | |
| Онлайн доступ: | https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/16670 |
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| Резюме: | El Derecho a la vida, es un derecho universal, de todos los seres humanos, base fundamental para el goce y ejercicio de los demás derechos, es decir vinculado al carácter humano y a la dignidad de las personas, la Constitución de la República del Ecuador garantiza y reconocen el derecho a la vida, el Estado prescribe la obligación de garantizar los Derechos humanos especialmente el Derecho a la vida. El autor Toscano menciona que el “Derecho a la vida, es un derecho inherente a toda persona, el cual resulta de carácter primordial, pues de este se derivan, o más bien, sin este no resultan posibles los demás derechos fundamentales. En Ecuador está implementado desde la prohibición de la Pena de Muerte, de la tortura y los tratos crueles e inhumanos. Otras normativas internacionales que regulan este derecho son las siguientes: artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, artículo 4 sobre la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 1 de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, solo por mencionar algunos ”. (Toscano, 2019, pág. 27) Derecho a la salud, es el estado completo del bienestar físico mental y social que debe tener una persona, constituyendo uno de los Derechos humanos fundamentales. Este derecho involucra el acceso a las prestaciones básicas de salud su mantenimiento y la regularidad a través de la evolución del tiempo, el Estado adopta las medidas necesarias para el cumplimiento de los derechos y garantías para cada uno de los habitantes. Los Derechos Humanos, son derechos reconocidos universalmente, son inherentes e inalienables de los seres humanos, permitiendo desarrollar una vida digna y direccionar el ejercicio del poder, siendo el deber más alto de Estado el respeto y cumplimento de estos derechos. El autor Tandazo manifiesta lo siguiente: “Los Derechos Humanos deben ser cumplidos en cada Estado por medio de las leyes se logre sean respetados, aplicados y controlados por los gobernantes a través de las funciones del Estado; direccionando a que se cumplan las garantías básicas constitucionales de los derechos humanos. Su aplicación debe ser sin distinción alguna a cada persona por ser un derecho inherente al ser humano y aceptado por el Estado que se encarga de plasmarlo en la Constitución de la República. Se volvió necesario velar por los derechos humanos de las personas privadas de la libertad, considerándoles como persona con derecho, deberes y obligaciones que deben estar sujetas a la normativa interna de cada centro carcelario”. (Tandazo, 2019, pág. 33) |
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