Tipificación de conductas en la justicia indígena y los delitos en el derecho penal Ecuatoriano
La tipificación de conductas en la justicia indígena es un tema de discusión y análisis en el Ecuador, dada la tipificación de delitos en el Código Orgánico Integral Penal y la Resolución de la Corte Constitucional (Sentencia No. 113-14-SEP-CC, 2014), que limita la jurisdicción indígena en delitos c...
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Format: | article |
Idioma: | spa |
Publicat: |
2021
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Accés en línia: | https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/12203 |
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Sumari: | La tipificación de conductas en la justicia indígena es un tema de discusión y análisis en el Ecuador, dada la tipificación de delitos en el Código Orgánico Integral Penal y la Resolución de la Corte Constitucional (Sentencia No. 113-14-SEP-CC, 2014), que limita la jurisdicción indígena en delitos contra la vida. La Constitución de la República del Ecuador (2008), reconoce la justicia indígena dentro del Derecho positivo y concede facultades jurisdiccionales a las autoridades de las comunidades indígenas para que resuelvan conflictos internos dentro de su ámbito territorial, aplicando su derecho propio con base en sus tradiciones ancestrales. Este trabajo tiene como objetivo analizar cómo la falta de tipificación de conductas penales en los pueblos, nacionalidades y comunidades indígenas en el Ecuador genera una falta de comprensión de su justicia en el derecho penal ecuatoriano, a fin de garantizar una justicia sin dilaciones. Los métodos utilizados para su desarrollo fueron: Cualitativa bajo la modalidad documental de tipo descriptivo y se empleó la técnica de la revisión bibliográfica y el análisis de contenidos; y, se utilizó la encuesta para recoger el criterio de jueces penales y abogados en libre ejercicio profesional, mediante un cuestionario de preguntas previamente establecidas; que permitió obtener como resultado que la falta de tipificación de conductas en la justicia indígena genera desconfianza para la aplicación del derecho consuetudinario en el juzgamiento de delitos ordinarios.; y, se llega a la conclusión que se desconoce el Estado plurinacional si se denigra la justicia indígena sobrevalorando la justicia ordinaria para resolver delitos establecidos en el derecho penal y no tipificados en el derecho consuetudinario. |
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