INCONSISTENCIA JURÍDICA DE LA EXIMENTE DE RESPONSABILIDAD PENAL POR OCULTACIÓN AL RESPONSABLE DE UN DELITO CONTRA LAS PERSONAS, A FAVOR DEL AMIGO INTIMO O BENEFICIARIO DE ESTE.
La presente problemática que gira alrededor de la temática planteada como es “Inconsistencia jurídica de la eximente de responsabilidad penal por ocultación del responsable de un delito contra las personas, a favor del amigo íntimo o beneficiario de éste” es un tema con marcadas características de t...
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| Autor principal: | |
|---|---|
| Format: | bachelorThesis |
| Idioma: | spa |
| Publicat: |
2010
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| Accés en línia: | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/2364 |
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| Sumari: | La presente problemática que gira alrededor de la temática planteada como es “Inconsistencia jurídica de la eximente de responsabilidad penal por ocultación del responsable de un delito contra las personas, a favor del amigo íntimo o beneficiario de éste” es un tema con marcadas características de trascendencia jurídica revestido de actualidad e importancia sustancial. Hay pues, por mandato de la norma suprema, igualdad ante la ley y ante los tribunales comunes. Desde el Presidente de la República todos tienen este derecho inalterable, bajo el mismo régimen jurídico, con las mismas oportunidades. El trabajo es pertinente pues al tener el Cogido Penal establecida dicha eximéncia para las personas con grados de amistad o de haber recibido grades beneficios de quien comete un delito contra las personas, es necesario criticar la sustentación de esta figura jurídica, la misma que no permite esa igualdad ante la ley, porque se trata de dejar por alto a quienes ocultan a un delincuente, por ello es necesario que se considere y se analice esta figura jurídica. La investigación propuesta se justifica académicamente porque trata un problema jurídico importante acerca del Encubrimiento, dentro de los grados de responsabilidad penal que prevé el Art. 42 en concordancia en los artículos 44,48 y 49 del Código Penal; es decir, dentro del Derecho Penal Sustantivo, en lo que corresponde a lo que en doctrina se conoce como dogmática penal. |
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