Reformas a la ley orgánica de defensa del consumidor para incorporar como obligación del consumidor la utilización correcta de los bienes adquiridos

Mi actividad como comerciante me ha obligado a estudiar los aspectos jurídicos de las relaciones mercantiles, tal es así, que los consumidores muchas veces inician acciones legales en contra de los proveedores sin advertir su responsabilidad. Ante esta situación realicé mi investigación motivado por...

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Auteur principal: Jaramillo Ayala, Edison Paul (author)
Format: bachelorThesis
Langue:spa
Publié: 2014
Accès en ligne:http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/5916
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Résumé:Mi actividad como comerciante me ha obligado a estudiar los aspectos jurídicos de las relaciones mercantiles, tal es así, que los consumidores muchas veces inician acciones legales en contra de los proveedores sin advertir su responsabilidad. Ante esta situación realicé mi investigación motivado por cuanto el Art. 5 de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor establece como Obligaciones del Consumidor, las siguientes:“ 1. Propiciar y ejercer el consumo racional y responsable de bienes y servicios; 2. Preocuparse de no afectar el ambiente mediante el consumo de bienes o servicios que puedan resultar peligrosos en ese sentido; 3. Evitar cualquier riesgo que pueda afectar su salud y vida, así como la de los demás, por el consumo de bienes o servicios lícitos; y, 4. Informarse responsablemente de las condiciones de uso de los bienes y servicios a consumirse”. No obstante pese a que en el Nral. 4 de la norma referida se advierte al consumidor de la obligación de informarse de las condiciones de uso de bienes y servicios, muchos de los consumidores no lo hacen y por no usar de modo adecuado los bienes, luego se quejan ante los proveedores por los defectos de tales bienes, los mismos que no pueden ser responsables de los perjuicios causados al consumidor, cuando éste es el único responsable del mal uso que hace de tales bienes. Por lo expuesto considero que se debe incorporar en la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor una disposición que norme los reclamos de los consumidores para que en forma obligatoria antes de presentar su reclamo pericialmente justifique que los daños de los bienes no se deben al mal uso de los mismos y agregarse en el numeral 4 del Art. 5 como obligación del consumidor utilizar en forma adecuada y responsable los bienes de acuerdo a sus condiciones de uso.