Proporcionalidad de penas por el delito de tráfico, transporte y tenencia ilegal de sustancias estupefacientes y psicotrópicos en el ecuador

La Constitución de la República del Ecuador, en el numeral 6 del Art 76 de establecer que la ley establecerá la debida proporcionalidad entre las infracciones y las sanciones penales, administrativas o de otra naturaleza, es decir la penas deben ser proporcionales al delito. De acuerdo a los artícul...

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Dades bibliogràfiques
Autor principal: Tenesaca Tene, Luis Alfonso (author)
Format: bachelorThesis
Idioma:spa
Publicat: 2014
Accés en línia:http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/7450
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Descripció
Sumari:La Constitución de la República del Ecuador, en el numeral 6 del Art 76 de establecer que la ley establecerá la debida proporcionalidad entre las infracciones y las sanciones penales, administrativas o de otra naturaleza, es decir la penas deben ser proporcionales al delito. De acuerdo a los artículos 60, 61 y 62 de la Ley de Sustancias, Estupefacientes y Psicotrópicas, se establecen sanciones penales de doce a diez y seis años y multa de sesenta a ocho mil salarios mínimos vitales generales, sin considerar, la clase, cantidad o el peligro en la salud que va a ocasionar en las personas, por ende no se cumple con el principio de proporcionalidad establecido en la Carta Magna. A mi criterio y luego del estudio realizado a las citadas disposiciones legales, de la Ley de Sustancias, Estupefacientes y Psicotrópicas, relacionadas al tráfico, transporte y como tenencia ilícita, esta Ley no distingue la proporcionalidad de las penas por los delitos de menor o mayor cantidad, por lo que las penas pueden ser iguales, sin distinguir si es tráfico a gran escala o microtráfico, al igual que transporte o tenencia ilegal. Bajo estos antecedentes en la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, codificación 025, del Registro Oficial, Suplemento 490, de fecha 27 de diciembre del 2004, es necesario reformar los Art. 60, 61 y 62 para que sean sancionados los infractores de acuerdo a la proporcionalidad de los delitos cometidos debido a que en la actualidad se lesiona flagrantemente el principio de proporcionalidad impidiendo por ende que en los delitos de drogas no se logre un equilibrio en la correcta administración de justicia en materia penal.