NECESIDAD DE REFORMAR EL ARTÍCULO 119 DE LA LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO, RELACIONADAS CON LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES.
Las enfermedades profesionales a pesar de ser una constante en el campo laboral del servidor público y que merece un tratamiento prioritario en los aspectos legal y médico - legal, sin embargo, están contempladas en el Código del Trabajo con un enfoque del trabajador en general y no particularizado...
محفوظ في:
| المؤلف الرئيسي: | |
|---|---|
| التنسيق: | bachelorThesis |
| اللغة: | spa |
| منشور في: |
2011
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| الوصول للمادة أونلاين: | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/1192 |
| الوسوم: |
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| الملخص: | Las enfermedades profesionales a pesar de ser una constante en el campo laboral del servidor público y que merece un tratamiento prioritario en los aspectos legal y médico - legal, sin embargo, están contempladas en el Código del Trabajo con un enfoque del trabajador en general y no particularizado al servidor público en cuanto a su correspondiente listado e indemnizaciones; y, más grave aún la actual Ley Orgánica del Servicio Público en el Artículo 119 evidencia confusión al considerar a los accidentes de trabajo como motivados por enfermedad profesional lo que es inadecuado conceptual, doctrinaria y jurídicamente. La dinámica de la actividad laboral del servidor público, el ambiente laboral y el uso de la tecnología determinan el aparecimiento de nuevas enfermedades lo que exige la actualización sistemática del listado de enfermedades profesionales con lo cual se constituirán en derechos de los servidores públicos y en obligaciones del Estado que a través de sus instituciones y empresas debe brindar condiciones adecuadas para el trabajo. Los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales difieren desde los puntos de vista conceptual, jurídico y doctrinario, en su orden están vinculados al trabajador en general y a los servidores públicos. Se demuestra en la investigación que las enfermedades profesionales son derivadas de la actividad laboral del servidor público y por tanto se hace necesario realizar la reforma a lo que dispone la Ley Orgánica del Servicio Público, acción que se encuentra jurídicamente fundamentada. |
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