Incongruencias en las disposiciones que regulan el contrato de servicio doméstico en el codigo del trabajo

Esta investigación en la modalidad de tesis, se desarrolló por cuanto las disposiciones legales contenidas en el Código del Trabajo, que regulan la actividad de las personas que realizan servicio doméstico, son aparte de anacrónicas, contradictorias, pues, en el Art. 264, se estipula que: “Tiempo de...

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Autor principal: Villamagua Erique, Mayra Alejandra (author)
Formato: bachelorThesis
Lenguaje:spa
Publicado: 2013
Acceso en línea:http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/6163
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description Esta investigación en la modalidad de tesis, se desarrolló por cuanto las disposiciones legales contenidas en el Código del Trabajo, que regulan la actividad de las personas que realizan servicio doméstico, son aparte de anacrónicas, contradictorias, pues, en el Art. 264, se estipula que: “Tiempo de contratación.- El servicio doméstico puede contratarse por tiempo determinado; pero no podrá estipularse que durará más de un año, a menos que conste estipulación por escrito, autorizada por el Juez del Trabajo. Ni aún en esta forma, podrá durar más de tres años. En todo caso, los primeros quince días de servicio se considerarán como período de prueba, durante el cual cualquiera de las partes puede dar por terminado el contrato, previo aviso de tres días. Se pagará al doméstico la remuneración que hubiere devengado”. Para estar claros, repito que el contrato de servicio doméstico no podrá durar más de un año y si lo autoriza un Juez, que dicho sea de paso, no existe trámite alguno para que el Juez autorice la suscripción de contratos, no durará más de tres años. Es decir, en el mejor de los casos, la trabajadora doméstica podrá laborar tres años, no obstante, el Art. 270 del mismo Código del Trabajo contempla: “Imposibilidad para el trabajo.- Si el doméstico quedare imposibilitado para el trabajo por el largo servicio que hubiere prestado al empleador, éste no podrá despedirlo y lo conservará dándole los recursos necesarios para su subsistencia, o le jubilará de acuerdo con la ley”, el subrayado es mío, nótese que señala que un trabajador doméstico no podrá trabajar más de un año, y sin embargo contempla que puede quedar imposibilitado para el trabajo por el LARGO SERVICIO, es decir, tácitamente se está permitiendo que el trabajador doméstico labore más de los tres años que el Código le permitiría. Consideré que existen incongruencias en la normativa que regula las relaciones laborales con los trabajadores domésticos, por lo tanto ejecuté esta investigación para permitir que la normativa legal se modernice de conformidad con las nuevas prácticas de trabajo doméstico existentes, reformando el Código del Trabajo con dicha finalidad.
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