La ley orgánica de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial y la necesidad de considerar como atenuante trascendental al auxilio y la ayuda inmediata proporcionada a las víctimas del accidente
El Art. 120 de La Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial determina que: “Se consideran circunstancias atenuantes: a) El auxilio y la ayuda inmediata proporcionada a las víctimas del accidente; b) La oportuna y espontánea reparación de los daños y perjuicios causados, efectua...
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| Autor principal: | |
|---|---|
| Formato: | bachelorThesis |
| Lenguaje: | spa |
| Publicado: |
2013
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| Acceso en línea: | http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/4681 |
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