Análisis del asesinato trans o transfemicidio en el contexto ecuatoriano.
El Ecuador incorporó el femicidio como delito con la aprobación del Código Orgánico Integral Penal en agosto de 2013, reconociendo la muerte violenta de mujeres causadas por el hecho de serlo o por su condición de género, como un problema social y público asociado a las relaciones asimétricas de pod...
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| Autor principal: | |
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| Format: | masterThesis |
| Idioma: | spa |
| Publicat: |
2022
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| Matèries: | |
| Accés en línia: | https://repositorio.uotavalo.edu.ec/handle/52000/1273 |
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| Sumari: | El Ecuador incorporó el femicidio como delito con la aprobación del Código Orgánico Integral Penal en agosto de 2013, reconociendo la muerte violenta de mujeres causadas por el hecho de serlo o por su condición de género, como un problema social y público asociado a las relaciones asimétricas de poder entre hombres y mujeres. Tipificar como femicidio los asesinatos de mujeres por razones de género -sin duda- constituye un avance en la comprensión política de este problema social, por cuanto permite situar adecuadamente el espacio relacional donde estos crímenes ocurren, pero especialmente da cuenta la cotidianeidad con la que es ejercida la violencia contra la mujer. Según el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal vigente, el delito de femicidio ocurre “cuando la persona que, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género, será sancionada con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años”. Esta nueva tipificación se diferencia del homicidio, porque las formas de asesinato en contra de una mujer tienen motivaciones específicas que la categoría homicidio no lo reconocía en el anterior cuerpo legal. |
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