La verdadera finalidad de la acusación particular o mera formalidad procesal en el COIP frente al derecho de la reparación integral de la víctima.

Este artículo pretende determinar si la acusación particular en la normativa legal vigente es de importancia en su aplicación, dado que el propio juez en sentencia eroga reparación integral sin ser solicitada por la víctima. El problema central radica en buscar un entendimiento sobre la verdadera fi...

Olles dieđut

Furkejuvvon:
Bibliográfalaš dieđut
Váldodahkki: Caiza, Rómulo P. (author)
Materiálatiipa: masterThesis
Giella:spa
Almmustuhtton: 2023
Fáttát:
Liŋkkat:https://repositorio.uotavalo.edu.ec/handle/52000/1058
Fáddágilkorat: Lasit fáddágilkoriid
Eai fáddágilkorat, Lasit vuosttaš fáddágilkora!
Govvádus
Čoahkkáigeassu:Este artículo pretende determinar si la acusación particular en la normativa legal vigente es de importancia en su aplicación, dado que el propio juez en sentencia eroga reparación integral sin ser solicitada por la víctima. El problema central radica en buscar un entendimiento sobre la verdadera finalidad de la acusación particular, entendiéndose que nuestro ordenamiento jurídico reconoce una gama de derechos de la víctima, en el Art. 78 de la CRE y el Art. 11 del COIP, principalmente. Toda víctima posee el derecho de presentar dicha acusación, para ello se exigen reglas básicas de aplicación. Además, se considera que, cuando se da la situación de que no comparezca a la audiencia de juicio, abandona el proceso. Metodológicamente, se tiene un enfoque cualitativo, cortes metodológicos basados en principios teóricos como la fenomenología, hermenéutica. Se aplicaron, además, los métodos inductivo y deductivo. En relación con los resultados, destaca que la participación de la víctima durante un proceso penal, el Art. 432 del COIP establece la posibilidad de presentar acusación particular, o bien renunciar a la misma, según señala el Art. 438. La víctima contará con la posibilidad de revisar todo lo acumulado durante la indagación previa. Finalmente, en las conclusiones, se destaca que la verdadera finalidad de la acusación particular en la normativa penal y la doctrina, concluyendo que la misma restringe el accionar de la víctima, cuando esta no la presenta, en especial cuando el fiscal asignado emite un dictamen abstentivo, incapacitando a la víctima para continuar el proceso judicial.