Efectos en la aplicación de la resolución Nº574-2020-F (Junta de Regulación Monetaria y Financiera) referente a la norma para la gestión del riesgo del crédito en las cooperativas de ahorro y crédito ubicadas en el DMQ, en los periodos 2020-2021.

Los créditos otorgados por las cooperativas de ahorro y crédito son un beneficio para los contribuyentes en la actualidad, ya que existen créditos que generan apoyo como el crédito productivo o los microcréditos, que sirven para la reactivación económica para las empresas o los pequeños negocios, lo...

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Shranjeno v:
Bibliografske podrobnosti
Glavni avtor: Ramírez Cevallos, Erik Jacob (author)
Format: bachelorThesis
Jezik:spa
Izdano: 2021
Teme:
Online dostop:http://dspace.ups.edu.ec/handle/123456789/20927
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Opis
Izvleček:Los créditos otorgados por las cooperativas de ahorro y crédito son un beneficio para los contribuyentes en la actualidad, ya que existen créditos que generan apoyo como el crédito productivo o los microcréditos, que sirven para la reactivación económica para las empresas o los pequeños negocios, los créditos pueden ser otorgados por bancos, pero para los prestatarios estas tasas de interés son poco beneficiosas, por lo que la mayoría de las personas prefieren efectuar los préstamos en las cooperativas. El presente trabajo investigativo es de carácter informativo de las cooperativas del segmento 3, que han otorgado créditos y de cómo se manejaron ante la Resolución Nº574-2020-F, ya que antes de dicha resolución el gobierno en presencia de la crisis sanitaria que enfrentó al país expidió la Resolución Nº568-2020-F, esta fue una disposición transitoria la cual mencionaba que los créditos que hayan sido incumplidos se reconocerían como restructurados, de esta manera excepcional y temporal por motivos de pandemia, mantenían la calificación de los mismos y otorgaban periodos de gracia esta disposición solo estuvo vigente 2 meses. La Resolución Nº574-2020-F, dispone que deberán presentar la calificación de la cartera de crédito hasta el 31 de diciembre del 2020, un análisis de las disposiciones de dicha resolución indica los plazos en los cuales deberán presentar; existe la disposición de que los excesos de la provisión no pueden ser reversadas sin contar con la autorización de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, esto provoca un retraso en la reversión de los mismos.