VULNERACIÓN DEL ART. 76, NUMERAL 7, LITERAL A, DE LA CONSTITUCIÓN EN LA INDAGACIÓN PREVIA
La Constitución del Ecuador en el art. 76 reconoce las garantías básicas que deben aplicarse durante el debido proceso; en el numeral 7 se encuentran detalladas las garantías del derecho a la defensa de las que gozan todas las personas sin distinción de ninguna índole, en el ejercicio de este derech...
Furkejuvvon:
| Váldodahkki: | |
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| Eará dahkkit: | |
| Materiálatiipa: | bachelorThesis |
| Giella: | spa |
| Almmustuhtton: |
2012
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| Fáttát: | |
| Liŋkkat: | http://repositorio.sangregorio.edu.ec/handle/123456789/585 |
| Fáddágilkorat: |
Lasit fáddágilkoriid
Eai fáddágilkorat, Lasit vuosttaš fáddágilkora!
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| Čoahkkáigeassu: | La Constitución del Ecuador en el art. 76 reconoce las garantías básicas que deben aplicarse durante el debido proceso; en el numeral 7 se encuentran detalladas las garantías del derecho a la defensa de las que gozan todas las personas sin distinción de ninguna índole, en el ejercicio de este derecho el ofendido, y de las personas a las cuales se investiga y sus abogados, se les reconoce el derecho de tener acceso inmediato, efectivo y suficiente de las investigaciones, además de que tienen derecho a intervenir en todos los actos del proceso, incorporen elementos de prueba y formulen todas las peticiones y observaciones que considere oportunas La indagación previa corresponde a una fase pre procesal penal de gran importancia para el desarrollo del proceso penal y para la posible imputación de un delito a un sospechoso, sin perjuicio de la reserva que se reconoce ésta no podrá afectar el derecho a la defensa consagrado en la Constitución del Ecuador. |
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