La tenencia de sustancias estupefacientes para el consumo inmediato y la aplicabilidad de la ley en la unidad de garantías penales de Tungurahua

La presente investigación busca que, dentro de los casos de sustancias estupefacientes para el consumo inmediato y, por consiguiente sus sentencias; los principios constitucionales y la ley, sean respetados. La aplicación incorrecta parcializada o incompleta de la ley, vulnera los principios constit...

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Κύριος συγγραφέας: Villarreal Barrionuevo, Catty Valeria (author)
Μορφή: bachelorThesis
Γλώσσα:spa
Έκδοση: 2016
Θέματα:
Διαθέσιμο Online:http://repositorio.uta.edu.ec/handle/123456789/24237
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Περιγραφή
Περίληψη:La presente investigación busca que, dentro de los casos de sustancias estupefacientes para el consumo inmediato y, por consiguiente sus sentencias; los principios constitucionales y la ley, sean respetados. La aplicación incorrecta parcializada o incompleta de la ley, vulnera los principios constitucionales además de crear inseguridad jurídica y problemas socioeconómicos. En el Juzgamiento de los casos de consumo inmediato se deben observar factores fundamentales como: las pruebas de cargo y las pruebas de descargo; debidamente solicitadas, presentadas y practicadas; además de respetar los principios que contempla la ley y respetando los tiempos procesales. En la legislación Ecuatoriana, en el Código Orgánico de la Función Judicial sólo se encuentran las sanciones a los jueces y juezas pero al no especificar este tipo de casos en ésta no se toma en serio las sanciones establecidas por la inaplicabilidad de la ley de forma correcta y completa además de que dichas sanciones no son suficientes para asegurar la aplicación correcta, y así llegar a la igualdad en el juzgamiento de estos casos, observamos que esto al momento de dictar sentencia se cumple de manera parcial o varias veces no se cumplen, debido que no se aplica de manera correcta la ley en cuanto a tenencia de sustancias estupefacientes para el consumo inmediato. Las sentencias deben observar los principios constitucionales empezando con el de igualdad ante la ley, por lo que todos los procesos deben ser juzgados por igual; observando las pruebas, agravantes, atenuantes y en general todo lo que rodea al caso. Este principio, establecido en la Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 11 y por otra parte el principio de Supremacía de la Constitución. En las decisiones no se podrá restringir, menoscabar o inobservar el contenido establecido en el mismo artículo 4 del Código Orgánico de la Función Judicial, en caso de conflicto entre normas de distinta jerarquía, la Corte Constitucional, las juezas y jueces, autoridades administrativas y servidoras y servidores públicos, lo resolverán mediante la aplicación de la norma jerárquica superior.