Enviar aquest missatge de text: La aplicación de medidas cautelares típificadas en los numerales 1,2,6 del Art,160 del Código de procedimiento penal, no garantiza la inmediacíón y la comparecencia de las partes al proceso, en los casos conocidos por los jueces de Grantías penales de la ciudad de Ambato durante el último semestre del año 2009,