El precedente constitucional y de convencionalidad en los procesos administrativos de expropiación

El mundo jurídico actual se transforma aceleradamente, esto significa que la legislación ecuatoriana requiere incorporar en su normativa leyes que contengan las necesidades cotidianas a fin de viabilizar el bienestar común, para esta acción se ha creado normas que regulan los actos administrativos q...

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Библиографические подробности
Главный автор: Pilco Castillo, Washington Lizardo (author)
Формат: masterThesis
Язык:spa
Опубликовано: 2021
Предметы:
Online-ссылка:https://repositorio.uta.edu.ec/handle/123456789/31912
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Итог:El mundo jurídico actual se transforma aceleradamente, esto significa que la legislación ecuatoriana requiere incorporar en su normativa leyes que contengan las necesidades cotidianas a fin de viabilizar el bienestar común, para esta acción se ha creado normas que regulan los actos administrativos que emiten las entidades públicas, así como la relación que posee el administrado con el sector público, para lo cual existe mecanismos de defensa y protección de derechos, todos estos consagrados en la Constitución de la República del Ecuador, con este contexto debo indicar que el presente trabajo va enfocado en el ámbito de la administración pública y su relación con la propiedad privada a fin de satisfacer necesidades colectivas y prevalecer el bien común sobre el bien particular. En este sentido, analizaré en primera fase la relevancia que posee el precedente constitucional, que para muchos autores es la jurisprudencia que emite la Corte Constitucional al momento del análisis de ciertos temas de interés, caracterizándose por tener una naturaleza vinculante, es decir que el precedente debe tener un efectivo uso, de acuerdo a los criterios impartidos en cada sentencia, provocando un impacto positivo para la correcta aplicación de la norma, para este efecto la Corte Constitucional del Ecuador como máximo órgano del control constitucional ha emitido una serie de pronunciamientos referentes al procedimiento administrativo de declaratoria de utilidad pública que al momento de no llegar a un común acuerdo con la persona expropiada, a lo referente al justo precio, procede en la instancia jurisdiccional un proceso denominado expropiación, acción que permite que un tercero imparcial resuelva la controversia conforme un informe técnico que contendrá el justo avaluó, para este efecto es necesario investigar si los precedentes constitucionalistas son aplicados de forma directa por los entidades estatales analizando su aplicación y contenido. Por otra parte, la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (2008) permite a las entidades públicas adquirir bienes inmuebles privados como públicos con el fin de satisfacer necesidades colectivas, para lo cual se realizará la declaratoria de utilidad pública y de interés social conforme lo estable la Constitución (2008) en su artículo 323, normativa que faculta a las Instituciones del Estado declarar la expropiación de bienes inmuebles siempre y cuando exista una justa valoración previa, indemnización y pago; en tal virtud, la Corte Constitucional así como la Corte Interamericana de Derechos Humanos se han pronunciado sobre los proceso de expropiación, no resolviendo sobre su procedencia, más el análisis se ha centrado en lo que se consideran como “el precio justo”, indicando los parámetros fundamentales que deben observar las entidades estatales para una justa valoración, y en el caso de inobservancia se estaría vulnerando los derechos constitucionales y humanos a lo correspondiente a la propiedad privada. En este contexto, es necesario analizar si el precedente constitucional, así como el de convencionalidad en su parte vinculante es observado y aplicado dentro de las respectivas Instituciones del Estado y su incidencia en el respeto al derecho de la propiedad establecido en la Constitución de la República del Ecuador