El juicio de divorcio contencioso y la fijaciòn de las pensiones alimenticias a favor de los niños niñas y adolescentes en el juzgado sexto de lo civil del Cantòn Ambato
Uno de los pilares fundamentales dentro de los Juicios de Divorcio Contencioso son los Derechos que tienen los hijos e hijas habidos dentro del matrimonio, es por tal motivo que la presente investigación tiene como estudio determinar que en el juicio de divorcio contencioso no se fija una pensión al...
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| Formaat: | bachelorThesis |
| Taal: | spa |
| Gepubliceerd in: |
2014
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| Onderwerpen: | |
| Online toegang: | http://repositorio.uta.edu.ec/handle/123456789/7821 |
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| Samenvatting: | Uno de los pilares fundamentales dentro de los Juicios de Divorcio Contencioso son los Derechos que tienen los hijos e hijas habidos dentro del matrimonio, es por tal motivo que la presente investigación tiene como estudio determinar que en el juicio de divorcio contencioso no se fija una pensión alimenticia provisional a favor de los niños, niñas y adolescentes, por cuanto no se encuentra determinado en el Código Civil ya que es un proceso netamente civil y no se toma prioridad el interés superior del niño, por lo que se puede colegir además que por tratarse de un juicio largo puede durar hasta dos años, dependiendo de la causales y de las partes litigantes, mientras que los hijos o hijas, habidos dentro del matrimonio no perciben pensión alguna mientras dure el juicio de divorcio. Se ha investigado el grado de vulnerabilidad que tiene el proceso de divorcio en la fijación de la pensión alimenticia a favor de los hijos e hijas, ya que al existir una causal de divorcio se debe justificar en el proceso, mientras que el demandado debe probar las excepciones plantadas en la contestación a la demanda, por lo tanto es una contienda legal sin fin. El principio superior del niño o niña, y el principio de economía procesal se debería implantar la fijación de pensiona alimenticia provisional al momento de presentar la demanda con la finalidad de garantizar el derecho a la vida digna y el buen vivir de los niños, niñas y adolescentes procreados en un matrimonio |
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