El código de procedimiento penal y la protección de testigos

consagra normas encargadas de regular las conductas que se estiman capaces de producir un daño social o de originar un peligro para la comunidad o sociedad. Nuestra Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 78establece lo siguiente “Las víctimas de infracciones penales gozarán de protecci...

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Uloženo v:
Podrobná bibliografie
Hlavní autor: Mendoza Sandoya, Beatriz Mercedes (author)
Médium: bachelorThesis
Jazyk:spa
Vydáno: 2012
Témata:
On-line přístup:http://dspace.utb.edu.ec/handle/49000/914
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Shrnutí:consagra normas encargadas de regular las conductas que se estiman capaces de producir un daño social o de originar un peligro para la comunidad o sociedad. Nuestra Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 78establece lo siguiente “Las víctimas de infracciones penales gozarán de protección especial, se les garantizará su no revictimización, particularmente en la obtención y valoración de las pruebas, y se las protegerá de cualquier amenaza u otras formas de intimidación. Se adoptarán mecanismos para una reparación integral que incluirá, sin dilaciones, el conocimiento de la verdad de los hechos y la restitución, indemnización, rehabilitación, garantía de no repetición y satisfacción del derecho violado.