Impacto de las restricciones no arancelarias impuestas por la República Argentina, en las exportaciones ecuatorianas, periodo 2012-2014
La balanza comercial bilateral entre el Ecuador y la Argentina durante los últimos cinco años (2009-2013), ha sido irregular y deficitaria para Ecuador, según datos registrados por el Banco Central del Ecuador, siendo el pico más alto durante el año 2011 en el cual el déficit de Ecuador ascendió a$...
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Autore principale: | |
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Natura: | bachelorThesis |
Lingua: | spa |
Pubblicazione: |
2015
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Soggetti: | |
Accesso online: | http://repositorio.ute.edu.ec/handle/123456789/18206 |
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Riassunto: | La balanza comercial bilateral entre el Ecuador y la Argentina durante los últimos cinco años (2009-2013), ha sido irregular y deficitaria para Ecuador, según datos registrados por el Banco Central del Ecuador, siendo el pico más alto durante el año 2011 en el cual el déficit de Ecuador ascendió a$ -481.728 millones de dólares, a diferencia del valor más bajo para el mismo período que se presentó en el año 2013 con un rubro de $-243.996 millones de dólares. Ecuador para este período exportó hacia Argentina alrededor de 323 partidas, según datos del Banco Central del Ecuador. Para el período enero-agosto de 2014, igualmente la balanza comercial bilateral presenta un saldo desfavorable para Ecuador, el mismo que en comparación a igual período de 2013, ha incrementado en un 23%.El Banco Central del Ecuador en el período 2009-2013, registra una balanza comercial petrolera deficitaria con Argentina, que ha venido profundizándose con una Tasa de Crecimiento Promedio Anual (TCPA) del 26%. Las exportaciones ecuatorianas en los últimos 5 años han venido creciendo de manera sostenida, sin embargo, a pesar de existir posibilidades de aumentar el intercambio con productos finales, no es posible debido a la política Argentina de restricción a las Importaciones mediante el mecanismo de las Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación (DJAI). Solo se autorizan, o es más fácil la autorización de las materias primas, bienes intermedios o bienes de capital. La Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI), es un instrumento creado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de Argentina, mediante su Resolución 3252/12, con el objeto de establecer un régimen de información que se aplica a todas las destinaciones de importación definitiva. A su vez esto permite que toda la información que se haya registrado quede a disposición de los Organismos que adhieran a este mecanismo. La operativa de la DJAI básicamente consiste en que los importadores, antes de emitir la Nota de Pedido, Orden de Compra o documento similar utilizado para concertar sus operaciones de compras en el exterior, deban producir dicha información, relacionada con las destinaciones definitivas de importación para consumo. De lo expuesto, surge que este es un régimen que alcanza a aquellos sujetos que sean importadores y que deseen realizar importaciones definitivas para consumo al territorio argentino. Sin embargo, la normativa relacionada a las DJAI ha establecido diferentes subregímenes a los cuales también ha de aplicarse este mecanismo. (Redcame, 2013, párr. 1). Sobre la presentación de las Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación, se debe tener en cuenta que la AFIP comunicará a los importadores sobre las novedades halladas a través del servicio Mis Operaciones Aduaneras (MOA), y de ser el caso, las circunstancias que motivan las observaciones formuladas así como el Organismo ante el cual deberán compadecer a los fines de su regularización. |
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