El derecho al debido proceso en el ámbito administrativo disciplinario policial a partir de la Jurisprudencia Constitucional Ecuatoriana: Análisis de la sentencia n° 014-17-sep-cc de la Corte Constitucional

El debido proceso es un derecho humano de carácter universal, contemplado en los instrumentos internacionales de derechos humanos, en la Constitución del Ecuador y en la ley. Consecuentemente, debe ser aplicado en todas las ramas del Derecho, incluido el Derecho Disciplinario Policial; al respecto,...

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Autore principale: Vizcaíno Cárdenas, Juan Carlos (author)
Natura: masterThesis
Lingua:spa
Pubblicazione: 2020
Soggetti:
Accesso online:https://hdl.handle.net/20.500.14809/2196
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Descrizione
Riassunto:El debido proceso es un derecho humano de carácter universal, contemplado en los instrumentos internacionales de derechos humanos, en la Constitución del Ecuador y en la ley. Consecuentemente, debe ser aplicado en todas las ramas del Derecho, incluido el Derecho Disciplinario Policial; al respecto, la Corte Constitucional del Ecuador y la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha generado extensa jurisprudencia. Frente a lo expuesto, esta investigación tiene como propósito fundamental establecer la existencia de una efectiva tutela del derecho al debido proceso en el ámbito administrativo disciplinario policial,conforme la jurisprudencia constitucional ecuatoriana.Se utilizó fuentes secundarias de información, como doctrina, normativa nacional e internacional y jurisprudencia, con su respectivo análisis de contenido, para contrastarlo con lo resuelto en la sentencia N° 014-17-SEP-CC de la Corte Constitucional del Ecuador. Se concluye que, la Corte Constitucional al declararla vulneración del derecho al debido proceso, particularmente, en la garantía de contar con el tiempo y medios necesarios parar preparar la defensa, cumplió con el principio detutela efectiva de derechos. Al contrario, este organismo constitucional al no declarar la vulneración del derecho al debido proceso en la garantía de no ser privado del derecho a la defensa en ninguna etapa o grado del procedimiento, no cumplió con este principio.