Estudio comparado y sociojurídico de la unión de hecho desde el caso ecuatoriano con los Países Bajos

Resumen:El artículo 68 de la Constitución de la República del Ecuador, reconoce además a la unión estable y monogámica entre dos personas libres de vínculo matrimonial que forman un hogar de hecho y, establece que ese hogar de hecho debe ser por el lapso, condiciones y circunstancias que señale la l...

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Κύριος συγγραφέας: Rivera Sánchez, Guillermo (author)
Μορφή: bachelorThesis
Γλώσσα:spa
Έκδοση: 2018
Θέματα:
Διαθέσιμο Online:http://dspace.utpl.edu.ec/handle/20.500.11962/23605
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Περιγραφή
Περίληψη:Resumen:El artículo 68 de la Constitución de la República del Ecuador, reconoce además a la unión estable y monogámica entre dos personas libres de vínculo matrimonial que forman un hogar de hecho y, establece que ese hogar de hecho debe ser por el lapso, condiciones y circunstancias que señale la ley, y que generará los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio. Establecidas las diferencias de contenidos constitucionales jurídicos, culturales y sociales entre Ecuador y los Países Bajos, respecto de la aplicación y desarrollo de la unión de hecho, se evidencia que del lado ecuatoriano existe un sistema conservador y hasta ortodoxo en la concepción de la formación del hogar o familia. Sin embargo, por la globalización de las formas de vida, la sociedad ecuatoriana ha ido de a poco abriendo nuevos espacios de pensamiento hacia el convivir universal tal es así que la norma constitucional vigente en el artículo 68 aumentó la protección jurídica de las uniones de hecho, reconociendo su formación no solamente por un hombre y una mujer, sino por parejas del mismo sexo, lo que constituye una reforma sustancial.