La insuficiente norma expresa del derecho a la defensa con el patrocinio de un abogado conforme lo excepcionado en el art 357 inciso segundo del COGEP en el procedimiento monitorio vulnera en franca contradicción el artículo 76 numeral 7 letra g de la Constitución de la República el cual establece que en todo procedimiento judicial las partes procesales deberán ser asistidos por un abogado a su elección o por un defensor público

Resumen: El Código Orgánico General de Procesos, ha instaurado el procedimiento monitorio a través del cual los propietarios de deudas determinadas, líquidas, exigibles y de plazo vencida que no consten en un título ejecutivo yque no excedan de los cincuenta SBU del trabajador, puedan ejercer su der...

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Päätekijä: Cevallos Ortega, Francisco Javier (author)
Aineistotyyppi: bachelorThesis
Kieli:spa
Julkaistu: 2021
Aiheet:
Linkit:http://dspace.utpl.edu.ec/handle/20.500.11962/29205
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Yhteenveto:Resumen: El Código Orgánico General de Procesos, ha instaurado el procedimiento monitorio a través del cual los propietarios de deudas determinadas, líquidas, exigibles y de plazo vencida que no consten en un título ejecutivo yque no excedan de los cincuenta SBU del trabajador, puedan ejercer su derecho de cobro, garantizando que este procedimiento sea célere y efectivo, contribuyendo así a descongestionar los procesos de administración de justicia. Este procedimiento incluyeel patrocinio de un abogado, con una limitante: si el salario es inferior a los tres SBU no se requiereeste patrocinio; lo cualcontraría lo dispuesto en la Constitución que expresa que todo trámitejudicial requiere el patrocinio de un abogado, además en la práctica los casos presentan una oposición a la demanda lo cual conlleva a una audienciaúnica, para lo cual las partes requierenpara su defensa de un abogado, a quien también se le limita el derecho al trabajo. Frente a esta situación se aborda la importancia de que el patrocinio de un abogado sea un requisito obligatorio independientemente de la cuantía de la obligación.