Regulación del domicilio electoral en el código civil ecuatoriano

Constituye un estudio referente al Código Civil Ecuatoriano, y al vacío existente en el mismo al normar en sus artículos 45, 46, 47 y 48 las definiciones básicas referentes al domicilio de los ciudadanos que habitan en el territorio nacional, indicando que el domicilio consiste en la residencia, aco...

Volledige beschrijving

Bewaard in:
Bibliografische gegevens
Hoofdauteur: Andrade Ureña, Ricardo Fabricio (author)
Formaat: masterThesis
Taal:eng
Gepubliceerd in: 2015
Onderwerpen:
Online toegang:http://dspace.utpl.edu.ec/handle/123456789/13905
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Omschrijving
Samenvatting:Constituye un estudio referente al Código Civil Ecuatoriano, y al vacío existente en el mismo al normar en sus artículos 45, 46, 47 y 48 las definiciones básicas referentes al domicilio de los ciudadanos que habitan en el territorio nacional, indicando que el domicilio consiste en la residencia, acompañada real o presuntivamente del ánimo de permanecer en ella como también que dicho domicilio se divide en político y civil; siendo el domicilio político aquel relativo al territorio del Estado en general de quienes habitan en el territorio ecuatoriano, sin importar si son ecuatorianos o extranjeros, puesto que su domicilio político por naturaleza es el Ecuador como estado y territorio. Es necesario señalar que los efectos del domicilio político pertenecen al Derecho Internacional. Mientras que el domicilio civil, es aquel que es relativo a una parte determinada del territorio del Estado, es decir el domicilio civil es el lugar donde un individuo o ciudadano está de asiento, donde ejerce habitualmente su profesión-oficio. El domicilio civil se puede considerar como la vecindad que tienen los ciudadanos que habitan en el territorio nacional.