La naturaleza del procedimiento coactivo, así como las facultades de los juzgadores y la relevancia del principio de unidad jurisdiccional.

El artículo 281 del COA establece que los llamados ejecutores –entidades que ejercen la potestad coactiva- podrán imponer medidas cautelares –secuestro, retención y prohibición de enajenar- y solo en caso de tratarse de una medida cautelar personal –arraigo- deberán solicitarlo a un juez competente....

Descripción completa

Guardado en:
Detalles Bibliográficos
Autor principal: Freire Freire, Silvia Paulette (author)
Formato: bachelorThesis
Lenguaje:spa
Publicado: 2020
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/14687
Etiquetas: Agregar Etiqueta
Sin Etiquetas, Sea el primero en etiquetar este registro!