Derecho a la igualdad procesal en las controversias relativas a honorarios profesionales

La presente investigación pretende determinar si el derecho a la igualdad procesal se ve vulnerado durante la sustanciación de las controversias referentes al cobro de honorarios profesionales de los abogados con sus clientes, dado que, en algunas legislaciones, el derecho a recurrir se encuentra ex...

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Dades bibliogràfiques
Autor principal: Montero Riera, Joffre Lenin (author)
Format: bachelorThesis
Idioma:spa
Publicat: 2023
Matèries:
Accés en línia:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/17413
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Sumari:La presente investigación pretende determinar si el derecho a la igualdad procesal se ve vulnerado durante la sustanciación de las controversias referentes al cobro de honorarios profesionales de los abogados con sus clientes, dado que, en algunas legislaciones, el derecho a recurrir se encuentra expresamente prohibido únicamente para este grupo de profesionales. A nivel mundial, la legislación española ha presentado un mecanismo procesal que busca evitar la vulneración del derecho a la igualdad en los procesos de única instancia, como lo son las controversias por concepto de cobro de honorarios profesionales de los abogados y sus clientes, en los que no se puede proponer recursos ordinarios como el de apelación o, de hecho. Este mecanismo se lo denomina recurso extraordinario por infracción procesal, mismo que tiene por finalidad determinar la infracción de normas procesales referentes a la admisibilidad de la prueba, cuando las mismas no han sido inadmitidas por parte del juez a-quo. En la Latinoamérica la afectación del derecho a la igualdad procesal, ha sido un tema tratado de distintas maneras, dependiendo de la legislación de cada país, es así que en países como México, Colombia o Perú, las controversias relativas al cobro de los honorarios de los abogados y sus clientes, expresamente no son susceptibles del recurso de apelación o de hecho; mientras que dentro de la legislación de Argentina no existe prohibición alguna que imposibilite a los abogados poder recurrir ante un tribunal jerárquicamente superior, a fin de que revoque, reforme o ratifique la sentencia dictada por el juez inferior. En el Ecuador, el Código Orgánico General de Procesos es el cuerpo normativo que regula la sustanciación de las controversias en el ámbito no penal, en esa misma línea, el derecho a la igualdad procesal se ve afectada mediante lo prescrito en el art. 333 numeral 6 del COGEP, mismo que hace una diferenciación hacia los abogados en lo referente a las controversias relativas al cobro de sus honorarios con sus clientes, estableciendo que este tipo de controversia sea de única instancia, siendo excluidos del derecho a recurrir, escenario muy distinto al que sí pueden acceder otros profesionales de distintas ramas, lo cual evidencia una vulneración al debido proceso, en la garantía del derecho a la igualdad formal y no discriminación, así como también a la tutela judicial efectiva garantizada en la Constitución de la República.