La diligencia preparatoria de recepción de declaraciones urgentes en el COGEP y la celeridad procesal

El presente trabajo de investigación pretende la implementación de una reforma al Art. 122 numeral 7 del Código Orgánico General de Procesos para que exista un término oportuno para la realización de la presente diligencia y no sea afectado el principio constitucional de celeridad procesal ya que co...

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書誌詳細
第一著者: Tipán Chin, Christian Javier (author)
フォーマット: bachelorThesis
言語:spa
出版事項: 2021
主題:
オンライン・アクセス:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/13415
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要約:El presente trabajo de investigación pretende la implementación de una reforma al Art. 122 numeral 7 del Código Orgánico General de Procesos para que exista un término oportuno para la realización de la presente diligencia y no sea afectado el principio constitucional de celeridad procesal ya que como establece la Constitución de la República del Ecuador en su Art. 169 el sistema procesal es un medio para la realización de la justicia y las normas procesales consagrarán los principios de simplificación, uniformidad, eficacia, inmediación, celeridad y economía procesal y harán efectivas las garantías del debido proceso y así no se sacrificará la justicia por la sola omisión de formalidades. Es necesario que dentro de todo trámite judicial se respete el principio de celeridad procesal puesto que es el mecanismo más eficaz y oportuno para de esta manera no perjudicar a las partes interesadas. Con la investigación científica y la de campo que se realizó por medio de métodos, instrumentos y técnicas nos permitió hallar la solución referente a la práctica de la referida diligencia preparatoria. La línea de investigación son retos perspectivas y perfección de las Ciencias jurídicas en Ecuador, el ordenamiento jurídico ecuatoriano, presupuestos históricos, teóricos, filosóficos y constitucionales En la investigación se llega a la conclusión, de que la recepción de declaraciones que posean un carácter urgente se debe realizar de forma urgente debido a que existe la posibilidad de que la declaración se pierda, y afecte el principio de celeridad del proceso.