"El conflicto de competencias en las garantías jurisdiccionales "

Las garantías jurisdiccionales tienen características propias y el principal motivo de su existencia como un mecanismo de carácter constitucional que permite proteger a los ciudadanos contra la vulneración de derechos constitucionales es de ser rápida, sencilla y eficaz. Otra de las características...

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書誌詳細
第一著者: Campi Jiménez, Rafael Alejandro (author)
フォーマット: bachelorThesis
言語:spa
出版事項: 2021
主題:
オンライン・アクセス:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/11940
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要約:Las garantías jurisdiccionales tienen características propias y el principal motivo de su existencia como un mecanismo de carácter constitucional que permite proteger a los ciudadanos contra la vulneración de derechos constitucionales es de ser rápida, sencilla y eficaz. Otra de las características específicas de las garantías jurisdiccionales es que no están sujetas a formalidades, que sí poseen otros procesos judiciales como los civiles o penales, garantizando el ejercicio de los derechos constitucionales por encima de cuestiones legales que puedan manifestarse en los textos procesales con normas supletorias. Dentro de un proceso de acción de habeas data, el juez constitucional avoca conocimiento de la causa y permite que se siga el procedimiento hasta la audiencia de garantías jurisdiccionales, llevada cabo en la ciudad de Babahoyo, pues la persona que se presenta como accionante tiene su domicilio en la ciudad de Babahoyo y así lo determinó en la demanda en contra de la empresa CNT. Una vez instalada la audiencia única, convocada dentro del proceso 12334-2019-00365, correspondiente al tipo de procedimiento constitucional por acción de garantías jurisdiccionales de los derechos, específicamente acción de habeas data; misma a la que concurrieron las partes procesales convocadas para el efecto. El señor juez declaró ser incompetente para conocer la presente causa y dispuso que se envié a la ciudad de Guayaquil, para que dicho proceso sea conocido por uno de los jueces de dicha ciudad. Tal como lo establece Jorge Zavala la inadmisión de una demanda por causa de incompetencia sea de grado o territorio debe ser formulada en la primera y única providencia porque está en juego el derecho a la tutela judicial efectiva. (Jorge Zavala Egas, 2012) En el caso que se propone como objeto de estudio o de análisis, el juez avoca conocimiento y no se declara incompetente pese a haber examinado los documentos que se apareja a la demanda, cuando lo que debió hacer el administrador de justicia es determinar en primera providencia si es que era competente o no para conocer la causa.