La silla vacía en el Gobierno Autónomo Descentralizado de Babahoyo
Uno de los mecanismos establecidos en la Constitución es la denominada Silla Vacía, en el Art. 101, que no es otra cosa que el intento de incluir en las deliberaciones de los organismos autónomos descentralizados, a los ciudadanos que directa o indirectamente podrían ser los afectados por los efecto...
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मुख्य लेखक: | |
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स्वरूप: | bachelorThesis |
भाषा: | spa |
प्रकाशित: |
2019
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विषय: | |
ऑनलाइन पहुंच: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/10352 |
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सारांश: | Uno de los mecanismos establecidos en la Constitución es la denominada Silla Vacía, en el Art. 101, que no es otra cosa que el intento de incluir en las deliberaciones de los organismos autónomos descentralizados, a los ciudadanos que directa o indirectamente podrían ser los afectados por los efectos que generen las mismas. El problema radica en la falta de exactitud de la disposición constitucional que resulta, en la práctica, demasiado corta frente a las expectativas generadas por el uso de la silla vacía. Efectivamente, si bien es cierto que se permite la participación ciudadana en las sesiones deliberativas de Concejo de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, no se encuentra determinada la calidad de la misma. En la experiencia que esta autora ha tenido en calidad de Concejala del cantón Babahoyo en el periodo 2014-2019 en el que he sido testigo de que en escasa ocasiones se ha hecho uso de este espacio y las personas que en esta intervienen, no manifiestan mayores opiniones en algunos casos por manifiesto desconocimiento de sus funciones o porque han sido puestos en este espacio sin tener los conocimientos técnicos para ejercer el debate. Por otra parte, cabe manifestar que la ordenanza vigente tampoco ofrece un mecanismo para que, en caso opuesto, existan más de una persona requiriendo este derecho al voto en la silla vacía y no se puedan poner de acuerdo simplemente se ejecuta lo dispuesto en la COOTAD que es quitar el derecho al voto de los participantes. |
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