Necesidad de regular en el art. 50 del código del trabajo el límite de la jornada y descansos forzosos, en relación a la jornada laboral de 14 días de trabajo y 7 de descanso o 21 días de trabajo y 7 de descanso

El Art. 47 del Código del Trabajo determina que la jornada máxima de trabajo será de ocho horas al día, y cuarenta a la semana. Señala también que el trabajo efectivo en el subsuelo será de seis horas diarias y sólo podrá permitirse una hora suplementaria, extraordinaria o de recuperación dándole pr...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Cueva Cueva, Luis Arcadio (author)
Formato: bachelorThesis
Lenguaje:spa
Publicado: 2013
Acceso en línea:http://dspace.unl.edu.ec/jspui/handle/123456789/5811
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