El mandato constituyente dos y el pago de jubilación a los obreros del gobierno autónomo descentralizado cantón Chillanes

 

Authors
Atiencia García, Jisela Johana
Format
BachelorThesis
Status
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La asamblea nacional constituyente dicta el 28 de enero del 2008 el mandato constituyente número dos en el que regula las liquidaciones e indemnizaciones por supresión de partidas, renuncias voluntarias o retiro voluntario para acogerse a la jubilación de los servidores públicos. Estas disposiciones contenidas en el mandato constituyente número 2 en el cual en la primera parte fija las indemnizaciones de los servidores públicos de hasta 7 salarios básicos del trabajador por cada año de servicio, y en la segunda parte fija las indemnizaciones de los trabajadores en 7 salarios básicos del trabajador por cada año de servicio ha ocasionado que las entidades públicas en general y el gobierno autónomo descentralizado del Cantón Chillanes en particular interpreten la norma jurídica laboral a su conveniencia para aplicar a los trabajadores la forma de cálculo de la norma legal dispone para los servidores públicos. Esta situación ha ocasionado que el Municipio de Chillanes interpretando la norma jurídica emita resoluciones que contravienen la misma fijando montos más bajos que los determinados en el mandato, ha ocasionado reclamos por parte de los trabajadores municipales para el cumplimiento y respeto de sus derechos en el ministerio de trabajo e inclusive habido casos en que los trabajadores han tenido que acudir a la instancia judicial para el reconocimiento de sus derechos y el pago del valor por el retiro voluntario cuando se acogen al beneficio de la jubilación. De todo lo dicho anteriormente fácilmente se desprende la existencia de un problema que afecta a los trabajadores municipales del cantón Chillanes, problema que se refleja en las dificultades creadas por los empleadores a los obreros, obstaculizan la jubilación de los trabajadores violentando de esta manera el derecho laboral amparado en las leyes y convenios internacionales. En cambio que para el caso de los trabajadores las indemnizaciones por supresión de puesto o terminación de relaciones laborales acordadas en contratos colectivos, actas transaccionales, actas de finiquito y cualquier otro acuerdo bajo cualquier denominación, que estipule pago de indemnizaciones bonificaciones y contribuciones por terminación de cualquier tipo de relación individual de trabajo, será de 7 salarios mínimos básicos unificados del trabajador privado por cada año de servicio y hasta un máximo de 210 salarios. Estas disposiciones han ocasionado que las entidades públicas en general y el gobierno autónomo descentralizado del Cantón Chillanes en particular interpreten la norma jurídica laboral a su conveniencia para aplicar a los trabajadores la forma de cálculo que la norma legal dispone para los servidores públicos, lo cual a ocasionado que la entidad municipal emita resoluciones que contravienen la misma fijando montos más bajos que los determinados en el mandato, lo que genera reclamos por parte de los trabajadores municipales por el cumplimiento y respeto de sus derechos en el ministerio de trabajo e inclusive habido casos en que los trabajadores han tenido que acudir a la instancia judicial para el reconocimiento de sus derechos y el pago del valor por el retiro voluntario cuando se acogen al beneficio de la jubilación. El artículo 326 de la Constitución de la Republica recoge los principios generales del derecho laboral, entre ellos el principio de protección, el principio tuitivo, el principio de irrenunciabilidad de derechos entre otros, el código del trabajo regula los parámetros sobre los cuales se genera el derecho del trabajador para recibir la jubilación patronal y la ley de seguridad social en vigencia establece el derecho del afiliado que al menos haya cumplido con 30 años de aportación ininterrumpida y 60 años de edad para acogerse al beneficio de la jubilación. Con la presente investigación pretendo indagar sobre las circunstancias que motivan para que los obreros municipales del cantón Chillanes tengan tanta dificultad para el respeto y reconocimiento de sus derechos laborales sobre todo cuando se refiere al pago de los valores por retiro voluntario para acogerse a los beneficios de la jubilación.

Publication Year
2016
Language
spa
Topic
CODIGO DEL TRABAJO
EL MANDATO CONSTITUYENTE DOS
EL PAGO DE JUBILACIÓN A LOS OBREROS
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
CANTÓN CHILLANES
Repository
Repositorio Universidad Estatal de Bolivar
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